Resolución 680 de 2016 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Resolución 680 de 2016 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 02 de septiembre de 2016

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

MANUAL DE FUNCIONES
- Subtema: Empleado Publico

Establece las competencias que se deben demostrar para ocupar el empleo de gerente o director de las Empresas Sociales del Estado

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

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RESOLUCIÓN 680 DE 2016

 

(Septiembre 02)

 

Por la cual se señalan las competencias que se deben demostrar para ocupar el empleo de gerente o director de las Empresas Sociales del Estado.

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

En ejercicio de sus facultades conferidas en el Decreto 430 de 2016 y en desarrollo del artículo 20 de la Ley 1797 de 2016, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 1797 del 13 de julio de 2016, "Por la cual se dictan disposiciones que regulan la operación del Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones", en su artículo 20 señala que corresponde al Presidente de la República, a los gobernadores y a los alcaldes nombrar al gerente o director de las Empresas Sociales del Estado, previa la evaluación al aspirante de las competencias que señale el Departamento Administrativo de la Función Pública y la verificación del cumplimiento de los requisitos de formación académica y experiencia previstos en el artículo 22 del Decreto ley 785 de 2005 para el desempeño del cargo .

 

Que en cumplimiento de la anterior disposición se requiere señalar las competencias que deben acreditar los aspirantes a ocupar el empleo de gerente o director de Empresa Social del Estado del nivel nacional, departamental o municipal.

 

Que el Decreto 1427 del 1 de septiembre de 2016, por medio del cual se reglamenta el artículo 20 de la Ley 1797 de 2016 y se sustituyen las secciones 5 y 6 del Capítulo 8 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, reglamentó el procedimiento para la evaluación de las competencias de los aspirantes para ocupar el empleo de director o gerente de las Empresas Sociales del Estado.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Objeto y campo de aplicación. La presente resolución tiene por objeto señalar las competencias que deben demostrar los aspirantes a ocupar el empleo de gerente o director de las Empresas Sociales del Estado, que serán evaluadas por las respectivas autoridades nominadoras del orden nacional y territorial, de acuerdo a los lineamientos señalados en el Decreto 1427 de 2016.

 

ARTÍCULO 2°. Definiciones. Para efectos de lo previsto en la presente Resolución, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

 

2.1. Competencia. Es la capacidad de una persona para desempeñar las funciones inherentes al empleo de gerente o director de las Empresas Sociales del Estado, determinada por los conocimientos, destrezas, habilidades, valores, actitudes y aptitudes que debe poseer y demostrar.

 

2.2. Conducta asociada. Se entiende por conducta asociada la manifestación o reacción verbal, escrita o actitudinal de una persona respecto de una situación real o virtual que se le presentada.

 

ARTÍCULO 3°. Competencias y Conductas Asociadas. Las competencias y conductas asociadas que se evaluarán al candidato o candidatos que aspiren a acceder al empleo de gerente o director de las Empresas Sociales del Estado, son las siguientes:

 

COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

1. Compromiso con el servicio público

 

Desempeñarse de acuerdo con el marco de valores, misión y objetivos de la organización y de su grupo de trabajo.

 

 

Da respuesta oportuna a las necesidades de los usuarios y ciudadanos de conformidad con el servicio que ofrece la entidad.

Establece mecanismos para conocer las necesidades e inquietudes de los ciudadanos

Orienta a los ciudadanos de modo que puedan realizar sus trámites minimizando esfuerzos y tiempos.

Diseña estrategias para responder a las necesidades e inquietudes del ciudadano y del usuario.

Incorpora las necesidades de usuarios y ciudadanos en los proyectos institucionales teniendo en cuenta la visión de servicio a corto, mediano v largo plazo.

2. Orientación a los Resultados:

 

Cumplir los compromisos organizacionales con eficiencia y calidad

 

Se fija metas y obtiene los resultados institucionales esperados.

Cumple con oportunidad las funciones de acuerdo a estándares, objetivos y metas establecidas por la entidad.

Obtiene los resultados esperados de acuerdo con las metas y objetivos institucionales, identificando riesgos y buscando la manera de superarlos.

Compromete recursos y tiempo para mejorar la productividad y toma de medidas necesarias para minimizar los riesgos

3. Manejo de las Relaciones Interpersonales

 

Establecer y mantener relaciones profesionales cordiales, armónicas, y respetuosas que faciliten el buen desempeño institucional y favorezcan el clima organizacional.

 

Escucha con interés y respeto las inquietudes de sus compañeros de trabajo, usuarios y ciudadanos.

Respeta las diferencias y la diversidad de las personas.

Establece relaciones laborales basadas en el respeto mutuo y la confianza.

Transmite eficazmente las ideas e información impidiendo con ello malos entendidos o situaciones confusas que puedan generar conflictos.

4. Planeación:

 

Capacidad para reflexionar estratégicamente, generar ideas acerca de cómo la organización puede crear el máximo valor y determinar metas y prioridades de la organización

 

Identifica, analiza y evalúa dificultades potenciales que pueden presentarse en el desarrollo de la gestión integral en salud.

Analiza la prestación de servicios de salud con enfoque en los determinantes sociales de la salud en el territorio.

Interpreta adecuadamente los objetivos de la de la organización y plantea la formulación de planes y acciones de desarrollo de servicios.

Evalúa los resultados alcanzados, las estrategias planeadas y su impacto, con el fin de establecer mejoramiento continuo y aprendizaje.

5. Manejo eficaz y eficiente de recursos.

 

Capacidad para administrar bienes y recursos materiales con criterios de eficacia y eficiencia

Orienta la aplicación de recursos a la atención integral de las necesidades de insumos que propicien una eficiente prestación de servicios.

Monitorea y evalúa los resultados de la aplicación de recursos y promueve la ejecución de correctivos.

Rinde informes y cuentas del manejo, gestión y aplicación de la prestación efectiva de servicios mejorando las condiciones de los usuarios.

Crea e implementa mecanismos de coordinación, seguimiento y evaluación de prestación de servicios de salud.

 

ARTÍCULO 4°. Asesoría. El Departamento Administrativo de la Función Pública brindará la asesoría que las entidades del orden nacional y territorial requieran para la implementación de la presente resolución.

 

ARTÍCULO 5°. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C.,

 

LILIANA CABALLERO DURÁN

 

Directora

 

Proyectó: Mesa de Trabajo Departamento Administrativo de la Función Pública y Ministerio de Salud y Protección Social.

 

Revisó: Dirección Jurídica - Departamento Administrativo de la Función Pública