Decreto 2716 de 2014 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2716 de 2014

Fecha de Expedición: 26 de diciembre de 2014

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

JORNADA LABORAL
- Subtema: Compensatorios

se autoriza el reconocimiento en dinero de días compensatorios.

REMUNERACIÓN
- Subtema: Compensatorios

Por el cual se autoriza el reconocimiento en dinero de días compensatorios.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 2716 DE 2014

 

(Diciembre 26)

 

Por el cual se autoriza el reconocimiento en dinero de días compensatorios.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

 

en uso de sus facultades legales y en desarrollo de las normas señaladas en la ley 4ª de 1992,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  1°. Se podrán reconocer y pagar en dinero los días compensatorios que se hubieren causado hasta la fecha de publicación del presente Decreto, a favor de cada empleado público, siempre que exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el pago de horas extras que se vayan a causar en el resto de la presente vigencia.

 

ARTÍCULO 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de diciembre del año 2014

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

LILIANA CABALLERO DURÁN

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial ** de *** ** de 2014