Concepto 112781 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 112781 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 16 de marzo de 2022

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

JORNADA DE TRABAJO
- Subtema: Jornada de Trabajo

Los servidores públicos que completen su esquema de vacunación contra el Covid -19 en el mes de diciembre del año 2021 (en el que entró en vigencia el decreto) o apliquen dosis de refuerzo en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, tendrán derecho a un día libre en el primer trimestre del año 2022.

VACUNACIÓN COVID-19
- Subtema: Dia de Descanso

Los servidores públicos que completen su esquema de vacunación contra el Covid -19 en el mes de diciembre del año 2021 (en el que entró en vigencia el decreto) o apliquen dosis de refuerzo en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, tendrán derecho a un día libre en el primer trimestre del año 2022.

*20226000112781*

Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 20226000112781

Fecha: 16/03/2022 09:08:06 a.m.

Bogotá D.C.

En atención a la comunicación de la referencia remitida por usted, en la que manifiesta: “(…)

< ![if !supportLists]>1. < ![endif]>Si Las entidades publicas (Alcaldias) deben dar cumplimiento del decreto donde establece en el Paragrafo 5. El Gobierno Nacional dar un dia libre en el primer trimestre del 2022 a los servidores publicos y trabajadores oficiales que en el mes de diciembre completen sus esquemas de vacunación o apliquen dosis de refuerzo en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.

< ![if !supportLists]>2. < ![endif]>Si las personas que ingresaron a periodo de prueba en el mes de enero tienen el derecho de recibir el día compensado por contar con el esquema completo de vacunación a corte del mes de diciembre 2021.

< ![if !supportLists]>3. < ![endif]>Si algun funcionario publico viene de otra entidad en carrera administrativa, tiene el derecho del día libre por contar con su esquema de vacunación, toda vez que la entidad expresa que hasta que no complete el periodo de prueba no puede considerarse empleado publico (Siendo ya funcionario publico y de carrera)(…)”

Es importante indicarle que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, este Departamento Administrativo tiene como objeto el fortalecimiento de las capacidades de los servidores públicos y de las entidades y organismos del Estado, su organización y funcionamiento, el desarrollo de la democratización de la gestión pública y el servicio al ciudadano, mediante la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas, la adopción de instrumentos técnicos y jurídicos, la asesoría y la capacitación.

En ese sentido, la resolución de los casos particulares corresponderá a la autoridad empleadora y nominadora, en cuanto es la instancia que conoce de manera cierta y documentada la situación particular de su personal.

Por tanto, este Departamento Administrativo, en ejercicio de sus funciones, realiza la interpretación general de las disposiciones legales y, en consecuencia, no le corresponde la valoración de los casos particulares.

No obstante, a modo de información general respecto de la situación planteada por usted, se le informa que, el Decreto 1615 de 2021 establece:

ARTÍCULO 2. Exigencia del Carné de Vacunación. Las entidades territoriales deberán adicionar a los protocolos de bioseguridad vigentes, la presentación obligatoria del carné de vacunación contra el Covid-19 o certificado digital de vacunación disponible en el link: mivacuna.sispro.gov.co, en el que se evidencie, como mínimo, el inicio del esquema de vacunación, como requisito de ingreso a: (i) eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva y, (ii) bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, y ferias.

(…)

PARÁGRAFO 5. El Gobierno Nacional dará un día libre en el primer trimestre del 2022 a los servidores públicos y trabajadores oficiales que en el mes de diciembre completen sus esquemas de vacunación o apliquen dosis de refuerzo en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social”.

De conformidad con la precitada norma, los servidores públicos que completen su esquema de vacunación contra el Covid -19 en el mes de diciembre del año 2021 (en el que entró en vigencia el decreto) o apliquen dosis de refuerzo en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, tendrán derecho a un día libre en el primer trimestre del año 2022.

En caso de requerir información adicional respecto de las normas de administración de los empleados del sector público y demás temas competencia de este Departamento Administrativo puede ingresar a la página web de la entidad, al enlace /eva/es/gestor-normativo, en el que podrá encontrar conceptos relacionados con el tema, que han sido emitidos por esta Dirección Jurídica.

El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Cordialmente,

ARMANDO LÓPEZ CORTES

Director Jurídico

Proyectó: Michel Tatiana Rivera Rodriguez

Revisó. Harold Herreño

Aprobó: Armando López

11602.8.4