Concepto 126081 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 126081 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 08 de marzo de 2022

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

JORNADA LABORAL
- Subtema: Jornada de Trabajo

El beneficio de otorgar un día libre al que se refiere el Decreto 1615 de 2021, cobija a todos los servidores públicos y trabajadores oficiales del orden nacional y territorial que cumplan con los requisitos para acceder al mismo. La redacción de la norma, al referirse puntualmente al beneficio, no exige para otorgar el beneficio una circular de aplicación o el establecimiento de un procedimiento.

VACUNACIÓN COVID-19
- Subtema: Dia de Descanso

El beneficio de otorgar un día libre al que se refiere el Decreto 1615 de 2021, cobija a todos los servidores públicos y trabajadores oficiales del orden nacional y territorial que cumplan con los requisitos para acceder al mismo. La redacción de la norma, al referirse puntualmente al beneficio, no exige para otorgar el beneficio una circular de aplicación o el establecimiento de un procedimiento.

 

 

 

 

*20226000126081*

 

Al contestar por favor cite estos datos:

 

Radicado No.: 20226000126081

 

Fecha: 28/03/2022 06:51:53 a.m.

Bogotá D.C.

 

Referencia: VACUNACIÓN COVID-19. Día de descanso-. Día libre Decreto 1615 de 2021. Radicado. 20222060108212 de fecha 09 de febrero de 2022.

 

En atención a la comunicación de la referencia en la que solicita: “(...)Deseo consultar si una entidad certificada como la Secretaría de Educación Municipal de Bucaramanga puede desconocer el Decreto 1615 del 30 de noviembre de 2021, con la excusa de que lo debe reglamentar y hoy a 09 de febrero no ha dado ninguna directriz a rectores para su ejecución(...)”

 

Es importante indicarle que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, este Departamento Administrativo tiene como objeto el fortalecimiento de las capacidades de los servidores públicos y de las entidades y organismos del Estado, su organización y funcionamiento, el desarrollo de la democratización de la gestión pública y el servicio al ciudadano, mediante la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas, la adopción de instrumentos técnicos y jurídicos, la asesoría y la capacitación.

 

En ese sentido, la resolución de los casos particulares corresponderá a la autoridad empleadora y nominadora, en cuanto es la instancia que conoce de manera cierta y documentada la situación particular de su personal.

 

Este Departamento Administrativo, en ejercicio de sus funciones, realiza la interpretación general de las disposiciones legales y, en consecuencia, no le corresponde la valoración de los casos particulares.

 

No obstante, a manera de orientación general se le indicará la normatividad aplicable al tema expuesto con el objeto que el consultante adopte las decisiones respectivas sobre el tema:

 

El Decreto 1615 de 2021 señaló:

 

ARTÍCULO 2. Exigencia del Carné de Vacunación. Las entidades territoriales deberán adicionar a los protocolos de bioseguridad vigentes, la presentación obligatoria del carné de vacunación contra el Covid-19 o certificado digital de vacunación disponible en el link: mivacuna.sispro.gov.co, en el que se evidencie, como mínimo, el inicio del esquema de vacunación, como requisito de ingreso a: (i) eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva y, (ii) bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, y ferias.

 

(...)

 

PARÁGRAFO 5. El Gobierno Nacional dará un día libre en el primer trimestre del 2022 a los servidores públicos y trabajadores oficiales que en el mes de diciembre completen sus esquemas de vacunación o apliquen dosis de refuerzo en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social”.

 

De conformidad con la precitada norma cuyo objeto es, impartir instrucciones en el marco de la emergencia sanitaria causada por la COVID-19, el Gobierno Nacional dará un día libre del primer trimestre de 2022 a todos los servidores públicos y trabajadores oficiales que hayan completado su esquema de vacunación, o se hayan aplicado la dosis de refuerzo, durante el mes de diciembre de 2021 en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, por lo tanto, si son servidores públicos quienes trabajan en la seceretaría tendrán derecho al día libre.

 

En caso de requerir información adicional respecto de las normas de administración de los empleados del sector público y demás temas competencia de este Departamento Administrativo puede ingresar a la página web de la entidad, al enlace /eva/es/gestor-normativo, en el que podrá encontrar conceptos relacionados con el tema, que han sido emitidos por esta Dirección Jurídica.

 

El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Cordialmente,

 

ARMANDO LÓPEZ CORTÉS

 

Director Jurídico

 

 

Proyectó: Rosamelia Piñeres Romero

 

Revisó. Harold Herreño

 

Aprobó: Armando López

 

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