Circular 12 de 2005 Comisión Nacional del Servicio Civil
Fecha de Expedición: 30 de diciembre de 2005
Fecha de Entrada en Vigencia: 30 de diciembre de 2005
Medio de Publicación: N.P.
COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC
- Subtema: Plantas de personal
Circular dirigida a las Entidades y Organismos de los niveles Nacional y Territorial que hacen parte del Sistema General de Carrera Administrativa, por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil comunicando el deber de reportar información sobre la conformación de sus plantas de personal
COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC
CIRCULAR 012 DE 2005
Para: |
Entidades y Organismos de los niveles Nacional y Territorial regidos por la Ley 909 de 2004 que hacen parte del Sistema General de Carrera Administrativa. |
De: |
COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL |
Asunto: |
Deber de reportar información sobre la conformación de sus plantas de personal |
Fecha: |
30 de Diciembre de 2005 |
De conformidad con la Circular 007 del 12 de septiembre de 2005 y con la Circular conjunta emitida por la Procuraduría General de la Nación, el DAFP y la CNSC, las Entidades y Organismos del Sistema General de Carrera debían remitir a la CNSC la información relacionada con los cargos a proveer por concurso, el contenido funcional las competencias comunes y comportamentales y los requisitos de los empleos vacantes, así como la conformación de su planta de personal y la forma como están provistos los empleos de carrera administrativa.
Dado que algunas autoridades desatendieron el anterior plazo, la CNSC se permite recordarles que omitir el envío de la información solicitada representa el incumplimiento de un deber legal.
Por lo anterior, las Entidades y Organismos que entregaron de manera extemporánea la información solicitada o que a la fecha no la han enviado, podrán remitirla a la CNSC antes del 25 de enero de 2006, UNICAMENTE a través del aplicativo .Sistema de información de empleos a concurso. y según el instructivo que está publicado en la página web de la Comisión
www.cnsc.gov.co.Por el mismo medio electrónico, el jefe de personal o quien haga sus veces, de todas las Entidades y Organismos del Sistema General de Carrera, harán las modificaciones o actualizaciones de la información reportada y, además del reenvió electrónico, remitirán por medio físico a la CNSC los ajustes efectuados.
Cordialmente,
PEDRO ALFONSO HERNÁNDEZ
Presidente