Concepto 386881 de 2019 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 11 de diciembre de 2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
PLANTA DE PERSONAL
- Subtema: Reforma
Las disposiciones contenidas en el DECRETO 1800 DE 2019, son producto de la concertación entre el Gobierno Nacional y los representantes de las organizaciones sindicales de empleados públicos y, por lo tanto, las mismas son de obligatorio cumplimiento
*20196000386881*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20196000386881
Fecha: 11/12/2019 02:28:26 p.m.
Bogotá D.C.
Referencia: EMPLEO. Objeciones al Decreto 1800 de 2019. Radicado: 20199000372172 del 12 de noviembre de 2019
Acuso recibo de su comunicación de la referencia, mediante la cual solicita a este Departamento Administrativo se reformule la política del empleo público y la gestión del talento humano, toda vez que considera que el Decreto 1800 de 2019 no cumple con las expectativas propuestas.
Al respecto me permito manifestarle lo siguiente:
El Decreto 1800 de 20191, se expidió como resultado del «Acuerdo de la Negociación Colectiva de Solicitudes de las Organizaciones Sindicales de los Empleados Públicos suscrito el 24 de mayo de 2019 entre el Gobierno Nacional y las organizaciones sindicales de empleados públicos, se acordó de una parte, reglamentar el numeral 2 del artículo 17 de la Ley 909 de 2004 con el fin de señalar los criterios orientadores para mantener actualizadas las plantas de personal, y así mismo, crear una mesa de trabajo que tendrá por objeto revisar la situación actual de las plantas de personal de las entidades que se definan en el cronograma que adopte la mesa para el efecto».
Por lo anterior, las disposiciones contenidas en la citada normativa, son producto de la concertación entre el Gobierno Nacional y los representantes de las organizaciones sindicales de empleados públicos y, por lo tanto, las mismas son de obligatorio cumplimiento.
Sin embargo, agradecemos sus comentarios sobre el particular.
Cordialmente,
ARMANDO LOPEZ CORTES
Director Jurídico
Proyectó: Angélica Guzmán Cañón
Revisó: José Fernando Ceballos Arroyave
Aprobó: Armando López Cortés
11602.8.4
NOTAS DE PIE DE PÁGINA
1. Por el cual se adiciona el Capítulo 4 al Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de Función Pública, en lo relacionado con la actualización de las plantas globales de empleo