Bogotá, miércoles 13 de diciembre de 2017. De acuerdo con información suministrada por Función Pública, servidores públicos de 121 entidades disfrutan de la opción de contar con Horarios Flexibles para el ejercicio de sus labores, estrategia que busca brindarles un apoyo a quienes tienen dificultades con el cumplimiento de la hora de ingreso por motivos de distancias, cuidado de adultos mayores y congestiones de tráfico, entre otros.
"Son muchos los avances que tenemos en materia de empleo público, y los horarios flexibles representa uno de los puntos para destacar en estos dos últimos años; esta estrategia hace parte de nuestro programa de bienestar, y busca darle una opción a madres y padres cabeza de hogar, a personas en situación de discapacidad, y a quienes viven muy lejos de su sitio de trabajo", señaló Francisco Camargo Salas, director de Empleo Público.
Esta estrategia está basada en la convicción de contar con servidores públicos felices, "con un equilibrio entre su vida personal y laboral que los hace más productivos; además, creemos firmemente en la necesidad de tener un empleo público flexible", agregó Camargo Salas, quien invitó a las entidades públicas a "vincularse a esta estrategia, para lo cual cuentan con el apoyo de la Dirección de Empleo Público de Función Pública".
Del total de entidades vinculadas a este programa, 108 pertenecen al orden nacional; por su parte, las 13 entidades restantes son del orden territorial; entre el total de entidades figuran quince ministerios, nueve agencias y ocho departamentos administrativos; así mismo se incluyen ocho superintendencias, quince institutos y ocho unidades administrativas especiales.
En cuanto a las entidades del nivel territorial vinculadas, se destacan la Alcaldía de Medellín, las Empresas Públicas de esta ciudad, EPM; las alcaldías locales del Distrito Capital, la Secretaría de Salud de Bogotá, la Central de Abastos de Cúcuta S.A, y la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, Corpoguajira.
Cabe destacar que el Decreto 1083 de 2015 sostiene que las entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados y que los estímulos se implementarán a través de programas de bienestar social.
Por su parte, el Decreto 648 de 2017 en su artículo 2.2.5.5.53, señala que los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial podrán implementar mecanismos que, sin afectar la jornada laboral y de acuerdo con las necesidades del servicio, permitan establecer distintos horarios de trabajo para sus servidores.
Para mayor información sobre la implementación de esta estrategia, Función Pública ha dispuesto la línea telefónica 7395656, extensiones 701 a la 725, y los correos electrónicos dirempleopublico@funcionpublica.gov.co y rmurillo@funcionpublica.gov.co
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