Decreto 2186 de 2017
Fecha de Expedición: 23 de diciembre de 2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
REMUNERACIÓN
- Subtema: Régimen DIAN
Modifica algunas disposiciones en materia salarial de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN.
SISTEMA SALARIAL
- Subtema: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
Por el cual se modifican algunas disposiciones en materia salarial de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
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DECRETO 2186 DE 2017
(Diciembre 23)
"Por el cual se modifican algunas disposiciones en materia salarial de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN-"
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las señaladas en la Ley 4ª de 1992
CONSIDERANDO
Que en virtud de la creación del empleo de Jefe de la Oficina de Seguridad de la Información código 507 grado 05 de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN-, se hace necesario adicionar lo relacionado con la disposición en materia salarial respecto a la asignación básica mensual y la prima de dirección de este empleo, de acuerdo con los parámetros establecidos en el artículo 5 y 7 del Decreto 4050 del 2008, respectivamente.
DECRETA
ARTÍCULO 1. Para efectos de lo establecido en el artículo 5 del Decreto 4050 de 2008, el empleado público de la DIAN designado en la Jefatura de la Oficina de Seguridad de la Información código 507 grado 05, tendrá derecho durante el tiempo de permanencia en tal situación, a percibir la asignación básica del grado salarial 05 del Nivel Directivo.
ARTÍCULO 2. Adicionar el numeral 10 al artículo 7. Del Decreto 4050 de 2008, así:
10. Para el empleado público de la DIAN del sistema específico de carrera designado en la jefatura de Oficina de Seguridad de la Información, será equivalente al quince por ciento (15%) de la asignación básica mensual del grado 06 del nivel profesional.
ARTÍCULO 3. El presente Decreto rige a partir del 1 de enero de 2018 y modifica en lo pertinente al Decreto 4050 de 2008.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D. C., a los 23 días del mes de diciembre de 2017
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA
MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
LILIANA CABALLERO DURÁN
DIRECTORA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Nota: Publicado en el Diario Oficial No. 50.456 de 23 de diciembre de 2017.