Concepto 064691 de 2024 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 05 de febrero de 2024
Fecha de Entrada en Vigencia: 05 de febrero de 2024
Medio de Publicación:
REMUNERACIÓN
- Subtema: Bonificación Especial
"La bonificación especial de compensación establecida en el Decreto 2186 de 2023 está dirigida unicamente para los servidores públicos del Ministerio del Trabajo."
*20246000064691*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20246000064691
Fecha: 05/02/2024 12:15:52 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: Ámbito de aplicación de la Bonificación Especial de compensación. Ministerio del Trabajo – RAD: 20239001136002 del 21 de diciembre de 2023.
Acuso recibo de su comunicación, a través de la cual consulta: “El decreto 2186 del 18 de diciembre de 2023 en su Artículo 1 reza Bonificación Especial de Compensación. Crear para los servidores públicos que ocupan los cargos de los niveles asistencial, técnico, profesional y asesor (estos últimos que pertenezcan a carrera administrativa), una bonificación especial de Compensación, que equivale al 50% en el mes de septiembre de la asignación básica mensual que corresponda al servidor público en fecha que se cause el derecho a percibirla, la cual se reconocerá dentro de los primeros quince (15) días del mes de septiembre de cada anualidad.
Adicionalmente, para la vigencia 2023 se reconocerá un único pago equivalente al veinticinco 25% adicional de la asignación básica mensual.
La consulta es ¿si los trabajadores oficiales tienen derecho a esta bonificación del presente decreto?”
Sea lo primero señalar que en la normativa vigente no existe una bonificación navideña como usted señala en su consulta. No obstante, suponemos que su consulta está relacionada con la bonificación especial creada en el Decreto 2186 de 20231 y si dichas disposiciones se pueden extender a los servidores de carrera administrativa vinculados a la entidades del orden territorial. En el marco de este supuesto se procede a dar respuesta a su consulta:
Sea lo primero señalar que el Decreto 1175 de 20212 señala:
“Artículo 1. Bonificación especial de compensación. Crear, para los servidores públicos de los niveles asistencial, técnico, profesional y asesor de carrera administrativa vinculados a la Planta Global del Ministerio del Trabajo, una Bonificación especial de compensación anual, equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la asignación básica mensual, que corresponda al servidor en la fecha en que se cause el derecho a percibirla, la cual se pagará los primeros quince (15) días del mes de septiembre
(...)”
De acuerdo a lo señalado por medio del Decreto 1175 del 28 de septiembre 2021 se creó para algunos empleados públicos de carrera administrativa vinculados a la Planta Global del Ministerio del Trabajo, razón por la cual no aplica a los trabajadores oficiales.
Para mayor información respecto de las normas de administración de los empleados del sector público; así como las inhabilidades e incompatibilidades aplicables a los mismos, me permito indicar que en el link http://www.funcionpublica.gov.co/eva/es/gestor-normativo podrá encontrar conceptos relacionados con el tema, que han sido emitidos por esta Dirección Jurídica.
El anterior concepto se imparte en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
ARMANDO LÓPEZ CORTES
Director Jurídico
Proyectó: Jorge González
Revisó: Maia Borja
Aprobó: Armando López.
11602.8.4.
NOTAS DE PIE DE PÁGINA
1Por el cual se modifica el Decreto No. 1175 del 2021.
2Por el cual se crea una bonificación especial de compensación para unos servidores públicos del Ministerio del Trabajo.