Decreto 146 de 2024 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 146 de 2024

Fecha de Expedición: 07 de febrero de 2024

Fecha de Entrada en Vigencia: 07 de febrero de 2024

Medio de Publicación:

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 0146 DE 2024

(Febrero 07)

Por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y el artículo 8 del Decreto Ley 927 de 2023 y

CONSIDERANDO

 

Que la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, en la actualidad comprende los empleos establecidos en el Decreto 4051 de 2008, modificado por los Decretos 1974 de 2009, 4953 de 2011, 2393 y 2394 de 2015, 2153 de 2017, 2184 de 2017, 1744 de 2020 y 419 de 2023.

 

Que el artículo 8 del Decreto Ley 927 de 2023 dispuso: "En la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN se podrá, de conformidad con las normas existentes, crear empleos que tengan funciones de enlace en el exterior, cuando se justifique en necesidades permanentes de colaboración y consolidación de relaciones con servicios o administraciones tributarias o aduaneras de otros países u organismos internacionales o multilaterales."

 

Que la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos -OCDE-, tiene como misión promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo, y en mayo de 2018 el Consejo de dicha Organización invitó a Colombia a ser parte de este organismo multilateral.

 

Que la Ley 1950 de 2019 aprobó el "Acuerdo sobre los Términos de la Adhesión de la República de Colombia a la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico", suscrito en París, el 30 de mayo de 2018 y la "Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico", realizada en París el 14 de diciembre de 1960.

 

Que el proceso de adhesión a la -OCDE-, sus procedimientos y estándares, requiere del concurso permanente de entidades del Gobierno Nacional, entre ellas la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por lo que es necesario, la creación de un (1) empleo del nivel asesor para garantizar la coherencia y articulación institucional en el relacionamiento de la -DIAN- con la Organización.

 

Que mediante "Memorando de Entendimiento del 22 de Mayo del 2019" suscrito entre la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, con el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza -CBP- y el Departamento de Seguridad Nacional -DHS- de los Estados Unidos, se determinó la necesidad de llevar a cabo la transmisión de información en materia aduanera, fortalecer la lucha contra el contrabando, el control de viajeros, la verificación de mercancías y la operación aduanera, así como los procesos de verificación de manifiestos de carga, transmisión de información y documentos soporte de las importaciones y exportaciones de Colombia.

 

Que mediante "Memorando de Entendimiento del 20 de septiembre de 2019" suscrito entre la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, con el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza -CBP- y el Departamento de Seguridad Nacional -DHS- de los Estados Unidos, se estableció la necesidad de suministrar a la -DIAN- apoyo a través de la Unidad de Perfilamiento Internacional para identificación de riesgos y amenazas, actividades delictivas transfronterizas, cargamentos, medios de transporte y entidades que puedan suponer una amenaza en la operación aduanera.

 

Que el proceso de articulación con las agencias de seguridad de los Estados Unidos requiere del concurso de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por lo que es necesario, la creación de un (1) empleo del nivel asesor para garantizar la articulación institucional, el intercambio de información, así como su relacionamiento en materia de evasión fiscal, delitos económicos y en la lucha contra el contrabando.

 

Que los funcionarios de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, que ocupen el empleo denominado Asesor Código 400 Grado 01, se ubicarán en el exterior.

 

Que mediante el Decreto-ley 4176 del 3 de noviembre de 2011, se reasignaron funciones del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-.

 

Que mediante el Decreto 4953 de 2011 se incorporó a la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN con la nomenclatura del citado Ministerio cuarenta y seis (46) empleos -, ocupados por empleados públicos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que desempeñaban dichas funciones, de los cuales en la actualidad trece (13) empleos tienen vacancia definitiva de acuerdo con certificación expedida por el Subdirector de Gestión de Empleo Público de la DIAN-, empleos estos últimos que se suprimirán de la planta de personal de la -DIAN-.

 

Que conforme con lo expuesto en los considerandos anteriores, se requiere ampliar la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, para crear dos (2) nuevos empleos en denominación, código y grado, en el nivel asesor, que se especifica en la parte resolutiva del presente decreto.

 

Que la, Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió concepto de viabilidad presupuestal para modificar la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- por medio del oficio Radicado: 2-2023-065050 del 5 de diciembre de 2023.

 

Que la Unidad .Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN-, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública -DAFP-, el correspondiente estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 228 del Decreto-Ley 19 de 2012 y los artículos 2.2.1.4.1, 2.2.12.1 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015 para efectos de modificar la planta de personal, obteniendo concepto favorable de ese Departamento Administrativo.

 

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, mediante radicado OFl24-00004879 I GFPU 13000000 del 12 de enero de 2024, otorgó concepto favorable para la modificación de la planta de personal, nomenclatura y clasificación de empleos en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1. Supresión empleos. Suprimir de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- trece (13) empleos de los 46 (cuarenta y seis) creados mediante el Decreto 4953 de 2011, en nivel, número, denominación, código y grado que se señala a continuación:

 

Número de empleos

Denominación del cargo

Código

Grado

Nivel Profesional

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

16

6 (Seis)

Profesional Universitario

2044

11

Nivel Técnico

2 (Dos)

Técnico Administrativo

3124

16

Nivel Asistencial

3 (Tres)

Secretario Ejecutivo

4210

20

1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

4044

15

 

ARTÍCULO 2. Creación empleos. Crear en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- los empleos que se señalan a continuación:

 

  1. Despacho Dirección General

 

Número de empleos

Denominación del cargo

Código

Grado

2 (dos)

Asesor

400

01

 

PARÁGRAFO: La relación laboral de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- con los funcionarios del nivel asesor que ocupen los cargos de Asesor Código 400 Grado 01, que presten servicio de enlace en el exterior, no implica funciones de relaciones diplomáticas ni consulares de los que sea parte el Estado colombiano.

 

ARTÍCULO 3. Distribución, provisión y ubicación. La provisión de los empleos se efectuará de conformidad con lo establecido en la ley y en el sistema específico de carrera administrativa de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal para la vigencia fiscal correspondiente.

 

La ubicación de los dos (2) funcionarios de que trata el presente decreto será en el exterior.

 

ARTÍCULO 4. Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 4051 de 2008, modificado por los Decretos 1974 de 2009, 4953 de 2011, 2393 y 2394 de 2015, 2153 de 2017, 2184 de 2017 y 1744 de 2020 y Decreto 419 de 2023.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 07 días del mes de Febrero de 2024

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

(FDO.) GUSTAVO PETRO URREGO

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PLIBLICA,

CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA