Concepto 153591 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 22 de abril de 2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
REMUNERACIÓN
- Subtema: Prima Técnica
Los empleados de carrera que fueron evaluados con una calificación entre 90% y 95, 99%, sin alcanzar el 96% de la calificación, les corresponde una prima técnica por un valor del 40% de la asignación básica salarial mensual del empleo que se encuentran desempeñando, que incluye a quienes obtuvieron porcentajes de 95,81%, 95,73%, 95,04%, 95,15%, 95,84%, 95,59%, 95,02%, 95%, 95,21%, 95,09%, 95,57%, 95,30%; y a los empleados de carrera que obtengan una calificación del desempeño en un porcentaje entre el 96% y el 100%, les corresponde una prima técnica por un valor del 50% de la asignación básica salarial mensual del empleo que se encuentran desempeñando, y la calificación se entenderá, igual a lo que se ha indicado para los empleados que perciben el 40% de la asignación básica mensual del empleo del cual son titulares.los empleados de carrera que fueron evaluados con una calificación entre 90% y 95,99%, sin alcanzar el 96% de la calificación, les corresponde una prima técnica por un valor del 40% de la asignación básica salarial mensual del empleo que se encuentran desempeñando, que incluye a quienes obtuvieron porcentajes de 95,81%, 95,73%, 95,04%, 95,15%, 95,84%, 95,59%, 95,02%, 95%, 95,21%, 95,09%, 95,57%, 95,30%; y a los empleados de carrera que obtengan una calificación del desempeño en un porcentaje entre el 96% y el 100%, les corresponde una prima técnica por un valor del 50% de la asignación básica salarial mensual del empleo que se encuentran desempeñando, y la calificación se entenderá, igual a lo que se ha indicado para los empleados que perciben el 40% de la asignación básica mensual del empleo del cual son titulares.
*20226000153591*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000153591
Fecha: 22/04/2022 02:40:52 p.m.
Bogotá D. C.,
REF.: REMUNERACIÓN. Prima técnica asignada por evaluación del desempeño. RAD.: 20229000158642 del 08-04-2022.
Acuso recibo comunicación, mediante la cual informa que, teniendo en cuenta que en la resolución 3528 de 1993 (Julio 16) del Ministerio de Educación Nacional, “Por la cual se reglamenta la asignación de prima técnica para funcionarios de planta del Ministerio de Educación Nacional”, en su artículo 4. Ponderación de los factores y cuantía. La ponderación de los factores que determine el porcentaje asignable al empleado, por concepto de prima técnica será el siguiente: a) Empleados inscritos en carrera administrativa. La prima técnica por el criterio de desempeño será hasta del 50% de la asignación básica mensual correspondiente al cargo que desempeña en propiedad el funcionario y su porcentaje se determinará así: 1. 40% = Para aquellos funcionarios que obtengan un porcentaje de calificación que oscile entre el 90 al 95% de la calificación total. 2. 50% para aquellos funcionarios que obtengan un porcentaje de calificación que oscile entre el 96 y 100% de la calificación total.
Igualmente informa que, tienen funcionarios que aportaron evaluaciones de desempeño con calificaciones como las siguientes: 95,81%; 95,73%; 95,04%; 95,15%; 95,84%; 95,59%; 95,73%; 95,02%; 95,73%; 95,15%; 95,00%; 95,21%; 95,15%; 95,15%; 95,09%; 95,57%; 95,30%; 95,15%.
Con base en la anterior información consulta si para esos casos qué porcentaje de prima técnica se le deberá asignar a esos funcionarios, teniendo en cuenta que no están en un rango claramente definido, porque la resolución indica valores enteros.
Del contenido del artículo 4 de la Resolución 3528 del 16 de julio de 1993 que transcribe en su comunicación se deduce que, los empleados de carrera que fueron evaluados con una calificación entre 90% y 95,99%, sin alcanzar el 96% de la calificación, les corresponde una prima técnica por un valor del 40% de la asignación básica salarial mensual del empleo que se encuentran desempeñando, que incluye a quienes obtuvieron porcentajes de 95,81%, 95,73%, 95,04%, 95,15%, 95,84%, 95,59%, 95,02%, 95%, 95,21%, 95,09%, 95,57%, 95,30%; y a los empleados de carrera que obtengan una calificación del desempeño en un porcentaje entre el 96% y el 100%, les corresponde una prima técnica por un valor del 50% de la asignación básica salarial mensual del empleo que se encuentran desempeñando, y la calificación se entenderá, igual a lo que se ha indicado para los empleados que perciben el 40% de la asignación básica mensual del empleo del cual son titulares.
Para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página webwww.funcionpublica.gov.co/eva en el link “Gestor Normativo” donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.
El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administreativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARMANDO LÓPEZ CORTES
Director Jurídico
Elaboró: Pedro P. Hernández Vergara
Revisó: Harol I. Herreño Suarez
Aprobó: Armando López Cortes
11602.8.4