Concepto 019361 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 17 de enero de 2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
BIENESTAR SOCIAL
- Subtema: Incentivos
Es claro el texto al señalar que son beneficiarios de la prerrogativa de un día libre durante el primer trimestre de 2022 los servidores públicos y trabajadores oficiales, que completen su esquema de vacunación o apliquen el refuerzo durante el mes de diciembre
*20226000019361*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000019361
Fecha: 17/01/2022 06:40:08 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: BIENESTAR SOCIAL. INCENTIVOS. RADICACIÓN: 20219000728862 del 02 de diciembre de 2021.
En atención a su comunicación de la referencia, mediante la cual consulta si la prerrogativa contenida el Artículo 2 parágrafo 5 del Decreto 1615 del 2021 con ocasión al día libre que otorgarán las entidades de públicas en el primer trimestre de 2022 a quienes completen su esquema de vacunación o apliquen dosis de refuerzo en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social en el mes de diciembre, me permito dar respuesta en los siguientes términos:
En primer lugar, frente a las competencias del Departamento Administrativo de la Función Pública de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, le compete formular las políticas generales de Administración Pública, en especial en materias relacionadas con empleo público, la gestión del talento humano, la gerencia pública, el desempeño de las funciones públicas por los particulares, la organización administrativa del Estado, la planeación y la gestión, el control interno, la participación ciudadana, la transparencia en la gestión pública y el servicio al ciudadano, razón por la cual no es de nuestra competencia intervenir en situaciones internas de las entidades, ni pronunciarse en circunstancias de carácter particular, por lo que esta Dirección Jurídica conceptualizara de manera general a los temas consultados.
Ahora bien, el Decreto 1615 de 20211 determina sobre el beneficio de un día libre a las personas que completen su esquema de vacunación o apliquen el refuerzo lo siguiente:
“(…)
PARÁGRAFO 5. El Gobierno Nacional dará un día libre en el primer trimestre del 2022 a los servidores públicos y trabajadores oficiales que en el mes de diciembre completen sus esquemas de vacunación o apliquen dosis de refuerzo en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.
(…)” (subrayado fuera del texto)
En virtud de la norma transcrita, es claro el texto al señalar que son beneficiarios de la prerrogativa de un día libre durante el primer trimestre de 2022 los servidores públicos y trabajadores oficiales, que completen su esquema de vacunación o apliquen el refuerzo durante el mes de diciembre.
Para mayor información respecto de las normas de administración de los empleados del sector público; así como las inhabilidades e incompatibilidades aplicables a los mismos, me permito indicar que en el link http://www.funcionpublica.gov.co/eva/es/gestor-normativo podrá encontrar conceptos relacionados con el tema, que han sido emitidos por esta Dirección Jurídica.
El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el Artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
ARMANDO LÓPEZ CORTES
Director Jurídico
Proyectó. Ana María Naranjo
Revisó: Maia Valeria Borja
Aprobó: Armando López Cortes
11602.8.4
NOTAS DE PIE DE PÁGINA
1. Decreto 1615 de 2021 “Por la cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público.”