Decreto 121 de 2022 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 121 de 2022

Fecha de Expedición: 27 de enero de 2022

Fecha de Entrada en Vigencia: 07 de febrero de 2022

Medio de Publicación:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 121 DE 2022

 

(Enero 27)

 

Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del Artículo 189 de la Constitución Política

 

CONSIDERANDO

 

Que se requiere modificar la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público como resultado de la adecuación de su estructura, realizada para cumplir con lo establecido en los Artículos 3° de la Ley 2094 de 2021 y 8° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y generar la total separación, de las dos autoridades disciplinarias, de instrucción y juzgamiento, al interior de la Entidad, garantizando que no haya entre ellas subordinación alguna.

 

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el Artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el Artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los Artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal, el cual emitió concepto técnico favorable.

 

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuestal.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1. Supresión de empleos. Suprimir en la Planta de Personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el siguiente empleo:

 

No. de Cargos

Dependencia y Empleo

Código

Grado

DESPACHO DEL MINISTRO

1 (Uno)

Asesor

1020

05

 

ARTÍCULO 2. Creación de empleos. Crear en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes empleos:

 

No. de Cargos

Dependencia y Empleo

Código

Grado

DESPACHO DEL MINISTRO

4 (Cuatro)

Asesor

1020

08

PLANTA GLOBAL

2 (Dos)

Técnico Administrativo

3124

14

 

ARTÍCULO 3. Provisión de empleos. La provisión de los empleos creados deberá hacerse de conformidad con las disposiciones presupuestales y hasta la concurrencia presupuestal de cada vigencia; cumpliendo con todos los requisitos legales para tal fin.

 

ARTÍCULO 4. Distribución de los empleos. El Ministro de Hacienda y Crédito Público distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el Artículo 2 del presente Decreto, teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad.

 

ARTÍCULO 5. Continuidad de la remuneración e incorporación. El empleado público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público al que se le suprime el cargo continuará percibiendo la remuneración mensual correspondiente al cargo que desempeña actualmente y cumpliendo las funciones asignadas al empleo que ocupa, hasta tanto se produzca la incorporación directa en el cargo creado en el Artículo 2 del presente decreto o sea nombrado en otro cargo equivalente.

 

PARÁGRAFO. Al servidor público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público actualmente vinculado y que en virtud del presente Decreto sea incorporado en el empleo creado en el Artículo 2 de este Decreto, no le aplicará las disposiciones consagradas en los Artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 y el Parágrafo del Artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015.

 

ARTÍCULO 6. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 247 de 2004 y 1815 de 2020.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá D.C, a los 27 días del mes de Enero de 2022

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

(FDO.) IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

 

JOSÉ MANUEL RESTREPO ABONDANO

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

NERIO JOSÉ ALVIS BARRANCO.