Concepto 040141 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 040141 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 04 de febrero de 2021

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

BIENESTAR SOCIAL
- Subtema: Incapacidad

"El empleado nombrado en período de prueba no cumple con todos los requisitos exigidos para acceder a los incentivos pecuniarios y no pecuniarios, por cuanto no acredita tiempo de servicios continuos en la respectiva entidad no inferior a un (1) año, ni acredita nivel de excelencia en la evaluación del desempeño en firme, correspondiente al año inmediatamente anterior a la fecha de postulación."

BIENESTAR SOCIAL
- Subtema: Incentivos

"El empleado nombrado en período de prueba no cumple con todos los requisitos exigidos para acceder a los incentivos pecuniarios y no pecuniarios, por cuanto no acredita tiempo de servicios continuos en la respectiva entidad no inferior a un (1) año, ni acredita nivel de excelencia en la evaluación del desempeño en firme, correspondiente al año inmediatamente anterior a la fecha de postulación."

BIENESTAR SOCIAL
- Subtema: Requisitos

"El empleado nombrado en período de prueba no cumple con todos los requisitos exigidos para acceder a los incentivos pecuniarios y no pecuniarios, por cuanto no acredita tiempo de servicios continuos en la respectiva entidad no inferior a un (1) año, ni acredita nivel de excelencia en la evaluación del desempeño en firme, correspondiente al año inmediatamente anterior a la fecha de postulación."

*20216000040141*

 

 Al contestar por favor cite estos datos:

 

Radicado No.: 20216000040141

 

Fecha: 04/02/2021 05:18:36 p.m.

 

Bogotá D. C.,

 

REF. EMPLEOS. Participación del empleado nombrado en período de prueba en los planes de incentivos de la entidad. RAD.: 20219000052432 del 01-02-2021.

 

Respetado señor:

 

Acuso recibo comunicación, mediante la cual consulta si puede una entidad territorial en el plan de bienestar social e incentivos, limitarle el acceso a los incentivos no pecuniarios a los servidores nombrados en periodo de prueba que no hayan cumplido un año en la entidad, y establecer requisitos adicionales al de ser empleado de la entidad para el disfrute de los beneficios de los programas de bienestar e incentivos.

 

Sobre el tema el Decreto 1083 de 2015 establece:

 

ARTÍCULO 2.2.10.12 Requisitos para participar de los incentivos institucionales. Los empleados deberán reunir los siguientes requisitos para participar de los incentivos institucionales:

 

1. Acreditar tiempo de servicios continuo en la respectiva entidad no inferior a un (1) año.

 

2. No haber sido sancionados disciplinariamente en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación o durante el proceso de selección.

 

3. Acreditar nivel de excelencia en la evaluación del desempeño en firme, correspondiente al año inmediatamente anterior a la fecha de postulación.

 

En los términos de la norma transcrita y atendiendo puntualmente la consulta, en criterio de esta Dirección Jurídica, en el presente caso, de acuerdo con la información suministrada, el empleado nombrado en período de prueba no cumple con todos los requisitos exigidos para acceder a los incentivos pecuniarios y no pecuniarios, por cuanto no acredita tiempo de servicios continuos en la respectiva entidad no inferior a un (1) año, ni acredita nivel de excelencia en la evaluación del desempeño en firme, correspondiente al año inmediatamente anterior a la fecha de postulación.

 

Se precisa que no será procedente que, la entidad exija a sus empleados requisitos adicionales a los indicados en el artículo 2.2.10.12 del Decreto 1083 de 2015, para tener derecho a participar de los incentivos institucionales, contenidos en sus planes anuales de incentivos.  

 

Para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web www.funcionpublica.gov.co/eva en el link “Gestor Normativo” donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.

 

El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Cordialmente,

 

ARMANDO LÓPEZ CORTES

 

Director Jurídico

 

Elaboró: Pedro P. Hernández Vergara

 

Revisó: Jose F. Ceballos Arroyave

 

Aprobó: Armando López Cortes

 

11602.8.4