Concepto 014281 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 014281 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 15 de enero de 2021

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

REMUNERACIÓN
- Subtema: Bonificación por Servicios Prestados

Para el año 2020 el incremento salarial para los empleados de las entidades públicas del nivel nacional de conformidad con el Decreto 304 de 2020 fue de cinco punto doce por ciento (5.12%), en consecuencia, para el año 2020 el reconocimiento y pago de la bonificación por servicios prestados a favor de los empleados públicos del nivel territorial, deberá ajustar la base de remuneración en dicho porcentaje.

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*20216000014281*

 

Al contestar por favor cite estos datos:

 

Radicado No.: 20216000014281

 

Fecha: 15/01/2021 05:59:17 p.m.

 

REFERENCIA: REMUNERACIÓN – Bonificación servicios Prestados E.S.P – Ingresos base para liquidación - RADICACIÓN: 20209000603272 del 15 de Diciembre de 2020.

 

En atención a la comunicación de la referencia mediante la cual consulta con qué base de ingresos se liquida la bonificación por servicios prestados en una Empresa Social del Estado nivel territorial, me permito manifestar lo siguiente:

 

Inicialmente es importante destacar que este Departamento en ejercicio de sus funciones contenidas en el Decreto 430 de 20161, realiza la interpretación general de las disposiciones legales relacionadas con el empleo público y la administración de personal; sin embargo, no le corresponde la valoración de los casos particulares, y carece de competencia para ordenar el reconocimiento de derechos; tampoco funge como entre de control ni es el competente para decidir sobre la legalidad de las actuaciones de las entidades del estado o de los servidores públicos, competencia atribuida a los jueces de la república.

 

Así las cosas, solo es dable realizar una interpretación general de las disposiciones legales relacionadas con la materia de su consulta. Al respecto, Respecto del reconocimiento y pago de la bonificación por servicios prestados, el Decreto 2418 de 2015 “Por el cual se regula la bonificación por servicios prestados para los empleados públicos del nivel territorial” señala lo siguiente:

 

ARTÍCULO 1°. Bonificación por servicios prestados para empleados del nivel territorial. A partir del 1° de enero del año 2016, los empleados públicos del nivel territorial actualmente vinculados o que se vinculen a las entidades y organismos de la administración territorial, del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Territorial, a las Asambleas Departamentales, a los Concejos Distritales y Municipales, a las Contralorías Territoriales, a las Personerías Distritales y Municipales y el personal administrativo del sector educación, tendrán derecho a percibir la bonificación por servicios prestados en los términos y condiciones señalados en el presente decreto.

 

La bonificación será equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor conjunto de la asignación básica y los gastos de representación, que correspondan al empleado en la fecha en que se cause el derecho a percibirla, siempre que no devengue una remuneración mensual por concepto de asignación básica y gastos de representación superior a un millón trescientos noventa y cinco mil seiscientos ocho pesos ($1.395.608) moneda corriente, este último valor se reajustará anualmente, en el mismo porcentaje que se incremente la asignación básica salarial del nivel nacional. (Destacado fuera del texto)

 

Para los demás empleados, la bonificación por servicios prestados será equivalente al treinta y cinco por ciento (35%) del valor conjunto de los dos factores de salario señalados en el inciso anterior.”

 

De acuerdo con la norma, los empleados que para el año 2016 reciban remuneración mensual por concepto de asignación básica y  gastos de representación igual o inferior a un millón trescientos noventa y cinco mil seiscientos ocho pesos ($1.395.608) moneda corriente, tendrán derecho al reconocimiento y pago de la bonificación por servicios prestados en un cincuenta por ciento (50%) del valor de la remuneración.

 

Para los empleados cuya remuneración exceda el anterior valor, la bonificación por servicios prestados será equivalente al treinta y cinco por ciento (35%) del valor conjunto de los dos factores de salario antes señalados.

 

Es necesario precisar que la parte final del inciso segundo del artículo 1 del citado Decreto 2418 de 2015 señala que el valor de la remuneración se reajustará anualmente, en el mismo porcentaje que se incremente la asignación básica salarial de los empleados públicos del nivel nacional.

 

Así las cosas, tenemos que para el año 2020 el incremento salarial para los empleados de las entidades públicas del nivel nacional de conformidad con el Decreto 304 de 20202 fue de cinco punto doce por ciento (5.12%), en consecuencia, para el año 2020 el reconocimiento y pago de la bonificación por servicios prestados a favor de los empleados públicos del nivel territorial, deberá ajustar la base de remuneración en dicho porcentaje.  

 

Para mayor información respecto de las normas de administración de los empleados del sector público; así como las inhabilidades e incompatibilidades aplicables a los mismos, me permito indicar que en el link http://www.funcionpublica.gov.co/eva/es/gestor-normativo podrá encontrar conceptos relacionados con el tema, que han sido emitidos por esta Dirección Jurídica.

 

El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Cordialmente,

 

ARMANDO LÓPEZ CORTES

 

Director Jurídico

 

Proyectó: A. Ramos

 

Aprobó: Armando López Cortes

 

11602.8.4

 

NOTAS DE PIE DE PAGINA

 

1. Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública.

 

2. Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, y se dictan otras disposiciones.