Decreto 852 de 2019 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 852 de 2019

Fecha de Expedición: 17 de mayo de 2019

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Nomenclatura y Clasifiicación

Adiciona el Decreto 180 de 2019, respecto a la nomenclatura y clasificación de empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 852 DE 2019

 

(Mayo 17)

 

"Por el cual se adiciona el Decreto 180 de 2019"

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4 de 1992, y

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  1. Nivel Directivo. Adiciónese la nomenclatura y clasificación de los empleos de Nivel Directivo, correspondiente al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, de que trata el artículo 7° del Decreto 180 de 2019, así:

 

Denominación del Empleo

Código

Jefe para la Protección Presidencial

1156

 

ARTÍCULO  2. Nivel Asistencial. Adiciónese la nomenclatura y clasificación de los empleos de Nivel Asistencial, correspondiente al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, de que trata el artículo 11º del Decreto 180 de 2019, así:

 

Denominación del Empleo

Código

Auxiliar Salones de Estado

5535

 

ARTÍCULO  3. Remuneración. La remuneración mensual del empleo de Jefe para la Protección Presidencial código 1156, será la misma remuneración que por todo concepto perciba el Jefe de la Casa Militar código 1155.

 

ARTÍCULO  4. Remuneración. La remuneración mensual del empleo de Auxiliar de Salones de Estado código 5535, será la establecida por las escalas de asignación básica del nivel asistencial establecida en el Decreto 315 de 2018 y demás disposiciones que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

 

ARTÍCULO  5. Bonificación de dirección. El empleo señalado en el artículo 3, percibirá en las mismas condiciones y cuantía, la bonificación de dirección establecida en el Decreto 3150 de 2005 compilado en el Decreto 2699 de 2012 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

 

ARTÍCULO  6. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el Decreto 180 de 2019.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del me de mayo de 2019

 

IVAN DUQUE

 

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

FERNANDO ANTONIO GRILLO RUBIANO