Decreto 1651 de 2014
Fecha de Expedición: 02 de septiembre de 2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Estructura Orgánica
Modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Modificación Planta de Personal
Modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 1651 DE 2014
(Septiembre 02)
(Derogado por el Art. 4 del Decreto 674 de 2017)
Por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012, y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005 para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable.
Que para los fines de este decreto se cuenta con la viabilidad presupuestal expedida por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República:
N° de cargos |
Denominación del Empleo |
Código |
Grado |
ALTAS CONSEJERÍAS PRESIDENCIALES | |||
Siete (7) |
Alto Consejero Presidencial |
1180 |
- |
SECRETARÍAS PRESIDENCIALES | |||
Uno (1) |
Secretario de Prensa |
1160 |
- |
Uno (1) |
Secretario Privado |
1160 |
- |
Uno (1) |
Secretario para la Seguridad Presidencial |
1160 |
- |
Uno (1) |
Secretario de Transparencia |
1160 |
- |
Uno (1) |
Secretario Jurídico |
1160 |
- |
Uno (1) |
Subsecretario Privado |
1155 |
09 |
PROGRAMAS PRESIDENCIALES | |||
Cinco (5) |
Director de Programa Presidencial |
1145 |
- |
Uno (1) |
Director de Programa Presidencial “Colombia Joven” |
1140 |
- |
SUBDIRECCIÓN GENERAL | |||
Uno (1) |
Subdirector General de Departamento Administrativo |
1130 |
- |
ARTÍCULO 2°. Créanse los siguientes cargos de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República:
N° de Cargos |
Denominación del Empleo |
Código |
Grado |
DESPACHO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO | |||
Uno (1) |
Secretario Privado |
1160 |
- |
Uno (1) |
Secretario para la Seguridad Presidencial |
1160 |
- |
Uno (1) |
Secretario de Transparencia |
1160 |
- |
Uno (1) |
Secretario Jurídico |
1160 |
- |
Uno (1) |
Consejero Presidencial |
1175 |
- |
Ocho (8) |
Director de la Presidencia I |
1135 |
- |
MINISTROS CONSEJEROS DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA | |||
Dos (2) |
Ministro Consejero del Presidente de la República |
1185 |
- |
Tres (3) |
Consejero Presidencial |
1175 |
- |
Seis (6) |
Director de la Presidencia II |
1140 |
- |
Dos (2) |
Director de la Presidencia I |
1135 |
- |
ARTÍCULO 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 3444 de 2010 y los Decretos 1398 y 2654 de 2013 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Dado en Bogotá, D. C., a los 2 días del mes de septiembre de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,
MARÍA LORENA GUTIÉRREZ BOTERO.
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
LILIANA CABALLERO DURÁN.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 49262. 2 de septiembre de 2014.