Decreto 911 de 1978 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 911 de 1978

Fecha de Expedición: 17 de mayo de 1978

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

SISTEMA SALARIAL
- Subtema: Liquidación prima de antigüedad

EL ARTÍCULO 6 MODIFICA EL ART. 15 DEL DECRETO 717 DE 1978

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 911 DE 1978

 

(Mayo 17)

 

Por el cual se modifican los Decretos-leyes 717 y 718 de 1978, sobre régimen de nomenclatura, clasificación y remuneración de empleos de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de-las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 5a de 1978,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. El artículo 8 del Decreto-ley 717 de 1978 quedará así:

 

ARTÍCULO 8. De la nomenclatura de empleos. Establécese la siguiente nomenclatura para las diferentes categorías de empleos de la Rama Jurisdiccional:

 

Denominación

Grado

Magistrado de Tribunal Superior de Distrito Judicial

21

Magistrado de Tribunal Superior de Aduanas

21

Magistrado de Tribunal Administrativo

21

Director Seccional de Instrucción Criminal

21

Visitador de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal

21

Abogado Asistente de la Corte Suprema de Justicia

21

Abogado Asistente del Consejo de Estado

21

Abogado Asistente de Tribunal Disciplinario

21

Relator de la Corte Suprema de Justicia

20

Relator del Consejo de Estado

20

Relator de Tribunal Disciplinario

20

Secretario de la Corte Suprema de Justicia

20

Secretario del Consejo de Estado

20

Secretario del Tribunal Disciplinario

20

Juez Superior de Distrito Judicial

17

Juez Superior de Aduanas

17

Juez de Circuito

17

Juez de Menores

17

Juez Laboral

17

Juez de Instrucción Criminal

17

Juez de Instrucción Penal Aduanera

17

Juez Municipal

15

Juez Territorial

15

Juez de Distrito Penal Aduanero

15

Secretario de la Dirección nacional de Instrucción Criminal

15

Contador Liquidador de Impuestos de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado

14

Secretario de la Dirección Seccional de Instrucción Criminal

13

Secretario de Tribunal

13

Oficial Mayor

12

11

9

8

7

5

Bibliotecólogo

12

Relator de Tribunal

11

Secretario de Juzgado

10

9

Auxiliar Judicial

11

10

9

8

Oficinista

6

5

Archivero

9

Escribiente

9

7

6

5

4

3

Asistente Social

7

6

Chofer

4

Citador

4

3

2

Auxiliar de Servicios Generales

4

3

2

1

 

ARTÍCULO 2. El artículo 9 del Decreto Ley 717 de 1978, quedará así:

 

ARTÍCULO 9. De la nomenclatura de empleos de la Jurisdicción penal Militar. Establecese la siguiente nomenclatura de empleos para los cargos de la Jurisdicción penal Militar:

 

Denominación

Grado

Magistrado de Tribunal Superior Militar

21

Fiscal de Tribunal Superior Militar

21

Auditor Superior de Guerra

19

Auditor Principal de Guerra

17

Auditor Auxiliar de Guerra

17

Juez de Instrucción Penal Militar

17

Secretario de Tribunal Superior Militar

13

Asistente Judicial

11

Auxiliar Judicial

10

Secretario de Auditoría- de Guerra

10

Secretario de Juzgado de Instrucción Penal Militar

10

Oficial Mayor

9

Escribiente

6

5

Oficinista

3

Chofer

4

 

ARTÍCULO 3. El artículo 10 del Decreto-ley 717 de 1978 quedará así:

 

ARTÍCULO 10. De la nomenclatura de empleos correspondiente a los cargos del Ministerio Público. Establécese la siguiente nomenclatura de empleos para los cargos del Ministerio Público:

 

Denominación

Grado

Procurador Delegado

22

Procurador Auxiliar

22

Secretario General

22

Director de Unidad Técnica

21

Procurador Agrario

21

Procurador Regional

21

Fiscal de Tribunal Superior de Distrito Judicial

21

Fiscal de Tribunal Superior de Aduanas

21

Fiscal de Tribunal Administrativo

21

Secretario de Fiscalía del Consejo de Estado

20

Abogado Asesor

19

18

Jefe de División

19

Secretario Privado del Procurador

19

Coordinador del Personal de la Policía Judicial

18

Jefe de Oficina Seccional

18

Abogado Coordinador de la Policía Judicial

17

Abogado Visitador

17

16

Contador

17

Técnico en Auditoría

17

Técnico en Criminalística

17

Técnico Investigador

17

Fiscal de Juzgado

17

Asistente Jurídico

15

Visitador de Policía Judicial

15

Almacenista

14

Jefe de Sección

12

Secretario de Procuraduría Delegada

12

Estadígrafo

11

Secretario de Procuraduría Regional

11

Agente Especial de Policía Judicial

11

Secretario

11

10

9

Auxiliar Judicial

11

Asistente Judicial

11

10

9

8

Mecanotaquígrafo

9

6

Revisor de Documentos

8

Oficinista

6

5

Chofer

4

Auxiliar de Servicios Generales

3

2

Citador

3

 

ARTÍCULO 4. El artículo 12 del Decreto-ley 717 de 1978 quedará así:

 

ARTÍCULO 12. De otros factores de salario. Además de la asignación básica mensual fijada por la ley para cada empleo, constituyen factores de salario todas las sumas que habitual y periódicamente reciba el funcionario o empleado como retribución por sus servicios.

 

Son factores de salario:

 

a) Los gastos de representación.

 

b) La prima de antigüedad.

 

c) El auxilio de transporte.

 

d) La prima de capacitación.

 

e) La prima ascensional.

 

f) La prima de servicio.

 

g) Los viáticos percibidos por los funcionarios y empleados en comisión en desarrollo de comisiones de servicio”.

 

ARTÍCULO 5. El artículo 13 del Decreto-ley 717 de 1978 quedará así:

 

ARTICULO 13. De la prima de antigüedad. La prima bienal de antigüedad fijada para los funcionarios y empleados de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público continuará siendo reconocida y pagada de acuerdo con las normas vigentes.

 

El retiro del servicio por cualquier causa, excepto por destitución o abandono del cargo, no implica la pérdida de la prima de antigüedad que se hubiere alcanzado ni la interrupción del cómputo del tiempo para la causación de una prima futura en los siguientes casos:

 

a) Cuando el funcionario o empleado cambie de cargo dentro de la Rama Jurisdiccional o el Ministerio Público sin que haya solución de continuidad en el servicio.

 

b) Cuando un funcionario o empleado de la Rama Jurisdiccional pase, sin solución de continuidad a ocupar un cargo del: Ministerio Público, o viceversa.

 

c) Cuando la persona que se haya retirado de un empleo en la Rama Jurisdiccional y el Ministerio Público reingrese al servicio de éste o de aquella antes de que hayan transcurrido treinta días desde la fecha de su retiro”.

 

ARTÍCULO  6Modifica el art. 15 del Decreto Nacional 717 de 1978. El  artículo 15 del Decreto-ley 717 de 1978 quedará así:

 

ARTÍCULO 15. De la liquidación de la prima de antigüedad. Tanto las primas de antigüedad causadas hasta la fecha de expedición del presente Decreto, como las que llegaren a causarse posteriormente, deberán liquidarse multiplicando la respectiva asignación básica mensual por el factor o constante que corresponda a los porcentajes acumulados a favor del respectivo funcionario o empleado por concepto de las referidas primas.

 

Dicho factor o constante, que resulta matemáticamente de aplicar el sistema de reliquidación previsto en el Decreto 1231 de 1973, es el siguiente:

 

Porcentaje acumulado

Factor o constante

10%

110.000

20%

121.000

22%

123.420

24%

125.840

30%

133.100

32%

135.762

34%

138.424

36%

141.086

40%

146.410

42%

149.338

44%

152.266

46%

1.551.946

 

ARTÍCULO  7. Derogado por el art. 12 del Decreto Nacional 306 de 1983. El artículo 16 del Decreto-ley 717 de 1978 quedará así:

 

"ARTÍCULO 16. Del límite de la remuneración en la Rama Jurisdiccional. Ningún funcionario o empleado de la Rama Jurisdiccional tendrá derecho a recibir por concepto de asignación básica y prima de antigüedad, una remuneración superior a la remuneración básica de la respectiva autoridad nominadora.

 

Cuando se trate de autoridad nominadora colegiada, el límite a que se refiere el presente artículo estará constituido por la remuneración básica mensual que perciba cada uno de sus miembros.

 

Los fiscales tendrán derecho a la misma asignación básica mensual que corresponde a los cargos de los funcionarios ante los cuales ejercen sus funciones.

 

Cuando la nominación corresponde a los Magistrados de la Corte Suprema de justicia o a los Consejeros de Estado, el límite de que trata este artículo estará constituido por la suma de la asignación básica y los gastos de representación de dichos funcionarios. El mismo límite tendrán los Magistrados del Tribunal Superior Militar, los Fiscales de Tribunal, el Visitador de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal y los directores Seccionales de Instrucción Criminal".

 

ARTÍCULO 8. El artículo 27 del Decreto-ley 717 de 1978 quedará así:

 

ARTÍCULO 27. De la prohibición de recibir más de una asignación. De conformidad con el artículo 64 de la Constitución Nacional, ningún servidor de la Rama Jurisdiccional o del Ministerio Público podrá recibir más de una asignación que provenga del Tesoro o de empresas o instituciones en que tenga parte principal el Estado, ya sea en razón de contrato de comisión o de honorarios, salvo las excepciones que sobre el particular contemplan las leyes especiales relativas a estos funcionarios o empleados.

 

Los servidores de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público podrán recibir a título de honorarios, asignaciones del Tesoro por su participación en comisiones o juntas que se constituyan con arreglo a la ley para el estudio o la preparación de trabajos o proyectos sobre distintas materias de la legislación colombiana.

 

ARTÍCULO 9. DE LAS PLANTAS DE PERSONAL. Las plantas de personal que elaborarán el Ministerio de Justicia y el Procurador General de la Nación con fundamento en lo previsto por el artículo 34 del Decreto-ley 717 de 1978, señalarán exclusivamente la distribución los empleos en las diferentes reparticiones de la Rama Jurisdiccional y el Ministerio Público, e indicarán la denominación y el grado de remuneración de dichos cargos con estricta sujeción a las normas constitucionales y legales sobre la materia.

 

Por consiguiente, en ningún caso al establecer estas plantas podrá modificarse el número de los empleos creados por la ley ni la naturaleza o la nomenclatura de los mismos".

 

ARTÍCULO 10. El artículo 1o del Decreto-ley 718 de 1978, quedará así:

 

"ARTÍCULO 1. Para efectos de lo dispuesto en los artículos 34 y 35 del Decreto-ley 717 y 5 del Decreto 719 de 2978, establécense las siguientes equivalencias entre la nomenclatura de empleos fijada por dichos decretos y el sistema actual de la Rama Jurisdiccional y el Ministerio Público.

 

SITUACION ACTUAL

SITUACIÓN NUEVA

Denominación

Remuneración

Denominación

Remuneración

Magistrado de la Corte Suprema de Justicia

30.000

Magistrado de la Corte Suprema de Justicia

36.000

Consejero de Estado

30.000

Consejero de Estado

36.000

Magistrado del Tribunal Disciplinario

30.000

Magistrado del Tribunal Disciplinario

36.000

Fiscal del Consejo de Estado

30.000

Fiscal del Consejo de Estado

36.000

Procurador General de la Nación

30.000

Procurador General de la Nación

36.000

Director Nacional de Instrucción Criminal

30.000

Director Nacional de Instrucción Criminal

36.000

 

La remuneración total de los anteriores funcionarios se distribuirá entre asignación básica y gastos de representación de conformidad con el Decreto-ley 719 de 1978.

 

Denominación

Grado

Denominación

Grado

Magistrado de Tribunal Superior de Distrito Judicial

 

Magistrado de Tribunal Superior de Distrito Judicial

21

Magistrado de Tribunal Superior de Aduanas

 

Magistrado de Tribunal Superior de Aduanas

21

Magistrado de Tribunal Administrativo

 

Magistrado de Tribunal Administrativo

21

Director Seccional de Instrucción Criminal

 

Director Seccional de Instrucción Criminal

21

Visitador de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal

 

Visitador de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal

21

Relator de la Corte Suprema de Justicia

 

Relator de la Corte Suprema de Justicia

20

Relator del Consejo de Estado

 

Relator del Consejo de Estado

20

Relator del Tribunal Disciplinario

 

Relator del Tribunal Disciplinario

20

Secretario de la Corte Suprema de Justicia

 

Secretario de la Corte Suprema de Justicia

20

Secretario del Consejo de Estado

 

Secretario del Consejo de Estado

20

Secretario del Tribunal Disciplinario

 

Secretario del Tribunal Disciplinario

20

Abogado Asistente de la Corte Suprema de Justicia

 

Abogado Asistente de la Corte Suprema de Justicia

21

Abogado Asistente del Consejo de Estado

 

Abogado Asistente del Consejo de Estado

21

Juez Superior de Distrito Judicial

 

Juez Superior de Distrito Judicial

21

Juez Superior de Aduanas

 

Juez Superior de Aduanas

17

Juez de Circuito

 

Juez de Circuito

17

Juez de Menores

 

Juez de Menores

17

Juez Laboral

 

Juez Laboral

17

Juez de Instrucción Criminal

 

Juez de Instrucción Criminal

17

Juez de Instrucción Penal Aduanera

 

Juez de Instrucción Penal Aduanera

17

Juez Municipal

 

Juez Municipal

15

Juez Territorial

 

Juez Territorial

15

Juez del Distrito Penal Aduanero

 

Juez del Distrito Penal Aduanero

15

Secretario de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal

20

Secretario de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal

15

Contador Liquidador de Impuestos de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado

 

Contador Liquidador de Impuestos de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado

14

Secretario de Tribunal Superior de Distrito Judicial

20

Secretario de Tribunal

13

Secretario de Tribunal Superior de Aduanas

20

Secretario de Tribunal

13

Secretario de Tribunal Administrativo

20

Secretario de Tribunal

13

Secretario de Dirección Seccional de Instrucción Criminal

18

Secretario de Dirección Seccional de Instrucción Criminal

13

Oficial Mayor de la Corte Suprema

19

Oficial Mayor

12

Oficial Mayor de Tribunal Disciplinario

19

Oficial Mayor

12

Oficial Mayor del Consejo de Estado

19

Oficial Mayor

12

Bibliotecario de la Corte

19

Bibliotecólogo

12

Bibliotecólogo del Consejo de Estado

19

Bibliotecólogo

12

Oficial Mayor de la Dilección Nacional de Instrucción Criminal

17

Oficial Mayor

11

Oficial Mayor de Tribunal Superior de Distrito Judicial

17

Oficial Mayor

11

Oficial Mayor de Tribunal Superior de Aduanas

17

Oficial Mayor

11

Oficial Mayor de Tribunal Administrativo

17

Oficial Mayor

11

Auxiliar de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia

17

Auxiliar Judicial

11

Auxiliar de Magistrado del Tribunal Disciplinario

17

Auxiliar Judicial

11

Auxiliar de Consejero de Estado

17

Auxiliar Judicial

11

Auxiliar de Magistrado de Tribunal Superior

17

Auxiliar Judicial

11

Auxiliar de Magistrado de Tribunal Administrativo

17

Auxiliar Judicial

11

Auxiliar de Magistrado de Tribunal Superior de Aduanas

17

Auxiliar Judicial

11

Relator de Tribunal Superior

17

Relator de Tribunal

11

Relator de Tribunal Administrativo

17

Relator de Tribunal

11

Secretario de Juzgado Superior

17

Secretario de Juzgado

10

Secretario de Juzgado Superior

16

Secretario de Juzgado

10

Secretario de Juzgado Laboral

17

Secretario de Juzgado

10

Secretario de Juzgado Laboral

16

Secretario de Juzgado

10

Secretario de Juzgado de Menores

17

Secretario de Juzgado

10

Secretario de Juzgado de Menores

16

Secretario de Juzgado

10

Secretario de Juzgado de Circuito

17

Secretario de Juzgado

10

Secretario de Juzgado de Circuito

16

Secretario de Juzgado

10

Secretario de Juzgado Superior de Aduanas

17

Secretario de Juzgado

10

Secretario de Juzgado de Instrucción Criminal

17

Secretario de Juzgado

10

Secretario de Juzgado de Instrucción Penal Aduanera

17

Secretario de Juzgado

10

Auxiliar de la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia

16

Auxiliar Judicial

10

Auxiliar de la Presidencia del Consejo de Estado

16

Auxiliar Judicial

10

Secretario de Juzgado Municipal

16

Secretario de Juzgado

9

Secretario de Juzgado Municipal

14

Secretario de Juzgado

9

Secretario de Juzgado Municipal

12

Secretario de Juzgado

9

Secretario de Juzgado Municipal

9

Secretario de Juzgado

9

Secretario de Juzgado Municipal

8

Secretario de Juzgado

9

Secretario de Juzgado Territorial

8

Secretario de Juzgado

9

Secretario de Juzgado de Distrito Penal Aduanero

16

Secretario de Juzgado

9

Oficial Mayor de Juzgado Superior

14

Oficial Mayor

9

Oficial Mayor de Juzgado de Circuito

14

Oficial Mayor

9

Oficial Mayor de Juzgado Laboral

14

Oficial Mayor

9

Oficial Mayor de Juzgado de Menores

14

Oficial Mayor

9

Oficial Mayor de Juzgado Superior de Aduanas

14

Oficial Mayor

9

Oficial Mayor de Juzgado Superior

13

Oficial Mayor

9

Oficial Mayor de Juzgado de Circuito

12

Oficial Mayor

9

Oficial Mayor de Juzgado Laboral

13

Oficial Mayor

9

Oficial Mayor de Juzgado de Menores

13

Oficial Mayor

9

Archivero de la Corte

16

Archivero

9

Oficinista Judicial de la Presidencia de la Corte

16

Auxiliar Judicial

9

Oficinista Judicial de la Secretaría de la Corte

16

Auxiliar Judicial

9

Oficinista de la Secretaría del Consejo de Estado

16

Auxiliar Judicial

9

Auxiliar de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal

12

Escribiente

9

Escribiente de Tribunal Disciplinario

16

Escribiente

9

Oficial Mayor de Juzgado Municipal

13

Oficial Mayor

8

Oficial Mayor de Juzgado Municipal

11

Oficial Mayor

8

Oficial Mayor de Juzgado de Distrito Penal Aduanero

11

Oficial Mayor

8

Auxiliar de Relatoría de la Corte

12

Auxiliar Judicial

8

Auxiliar de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal

11

Oficial Mayor

8

Auxiliar de la Secretaría del Consejo de Estado

10

Escribiente

7

Auxiliar de Archivo de Dirección Seccional de Instrucción Criminal

10

Oficial Mayor

7

Asistente Social de Juzgado de Menores

11

Asistente Social

7

Escribiente 1o de Direcciones Seccionales dé Instrucción Criminal

10

Escribiente

7

Escribiente 1o de Tribunal Superior de Distrito Judicial

10

Escribiente

7

Escribiente de Tribunal Administrativo

10

Escribiente

7

Escribiente de Tribunal Superior de Aduanas

10

Escribiente

7

Escribiente del Consejo de Estado

10

Escribiente

7

Auxiliar de Archivo de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal

9

Oficinista

6

Auxiliar 0e Oficina del Consejo de Estado

9

Oficinista

6

Auxiliar de Archivo de la Corte Suprema de Justicia

8

Oficinista

6

Escribiente de Juzgado de Instrucción Criminal

9

Escribiente

6

Escribiente 29 de Direcciones Seccionales de Instrucción Criminal

9

Escribiente

6

Escribiente de Juzgado de Instrucción Penal Aduanera

9

Escribiente

6

Escribiente 2o de Tribunal Superior de Distrito Judicial

9

Escribiente

6

Escribiente 1o de Juzgado Superior

9

Escribiente

6

Escribiente 1o de Juzgado de Circuito

9

Escribiente

6

Escribiente 1o de Juzgado Laboral

9

Escribiente

6

Escribiente de Juzgado Superior de Aduanas

9

Escribiente

6

Escribiente 1o de Juzgado de Menores

9

Escribiente

6

Escribiente de Juzgado de Instrucción Criminal

8

Escribiente

6

Asistente Social de Juzgado de Menores

9

Asistente Social

6

Oficinista de Tribunal Superior

7

Escribiente

5

Oficinista de Tribunal Superior de Aduanas

7

Escribiente

5

Escribiente 2o de Juzgado Superior

8

Escribiente

5

Escribiente 2o de Juzgado de Circuito

8

Escribiente

5

Escribiente 2o de Juzgado Laboral

8

Escribiente

5

Escribiente 2o de Juzgado de Menores

8

Escribiente

5

Escribiente de Juzgado de Instrucción Criminal

7

Escribiente

5

Escribiente de Juzgado de Instrucción Penal Aduanera

7

Oficial Mayor

5

Escribiente de Juzgado Municipal

7

Citador

4

Escribiente de Juzgado de Distrito Penal Aduanero

7

Citador

4

Oficial Mayor de Juzgado Municipal

7

Citador

4

Citador de Juzgado Superior

6

Citador

4

Citador de Juzgado de Circuito

6

Citador

4

Citador de Juzgado de Menores

6

Citador

4

Citador de Juzgado Laboral

6

Citador

4

Citador de Juzgado Superior de Aduanas

6

Citador

4

Citador de Instrucción Criminal

6

Citador

4

Citador de Juzgado de Instrucción Penal Aduanera

6

Citador

4

Conserje de la Corte Suprema de Justicia

6

Citador

4

Conserje de Tribunal Disciplinario

6

Citador

4

Conserje de Consejo de Estado

6

Citador

4

Conductor de la Corte

6

Chofer

4

Conductor de Tribunal Disciplinario

6

Chofer

4

Conductor del Consejo de Estado

6

Chofer

4

Conductor de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal

5

Chofer

4

Chofer de la Dirección Seccional de Instrucción Criminal

4

Chofer

4

Escribiente de Juzgado Municipal

6

Escribiente

4

Escribiente de Juzgado de Distrito Penal Aduanero

6

Escribiente

4

Escribiente de Tribunal Disciplinario

5

Escribiente

4

Escribiente de Juzgado Municipal

5

Escribiente

4

Citador de Juzgado Superior

5

Citador

3

Citador de Juzgado de Circuito

5

Citador

3

Citador de Juzgado Laboral

5

Citador

3

Citador de Juzgado de Menores

5

Citador

3

Citador de Juzgado Municipal

4

Citador

3

Citador de Juzgado de Distrito Penal Aduanero

4

Citador

3

Citador de Juzgado Municipal

3

Citador

3

Mensajero Corte Suprema de Justicia

2

Citador

3

Conserje de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal

4

Citador

3

Conserje de Dirección Seccional de Instrucción Criminal

4

Citador

3

Portero de la Corte

5

Auxiliar de Servicios Generales

3

Portero del Consejo de Estado

5

Auxiliar de Servicios Generales

3

Jefe de Aseo de Tribunal Superior

4

Auxiliar de Servicios Generales

2

Escribiente de Juzgado Municipal

4

Escribiente

2

Escribiente de Juzgado Municipal

3

Escribiente

2

Citador de Juzgado Municipal

2

Citador

2

Citador de Juzgado Municipal

1

Citador

2

Mensajero de Tribunal Superior de Distrito Judicial

1

Citador

2

Mensajero de Tribunal de Aduanas

1

Citador

2

Mensajero de Tribunal Administrativo

1

Auxiliar de Servicios Generales

2

Celador de Tribunal Superior

1

Auxiliar de Servicios Generales

2

Aseador de Tribuna Superior

1

Auxiliar de Servicios Generales

2

 

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Denominación

Grado

Denominación

Grado

Procurador Delegado

 

Procurador Delegado

23

Procurador Auxiliar

 

Procurador Auxiliar

23

Secretario General

 

Secretario General

23

Jefe de Sección Técnica de Policía Judicial

 

Jefe de Sección Técnica de Policía Judicial

21

Procurador Agrario

 

Procurador Agrario

21

Procurador Regional

 

Procurador Regional

21

Fiscal de Tribunal Superior

 

Fiscal de Tribunal Superior

21

Fiscal de Tribunal Superior de Aduanas

 

Fiscal de Tribunal Superior de Aduanas

21

Fiscal de Tribunal Administrativo

 

Fiscal de Tribunal Administrativo

21

Secretario de Fiscalía de Consejo de Estado

 

Secretario de Fiscalía de Consejo de Estado

20

Abogado Auxiliar II

 

Abogado Asesor

19

Estadístico

 

Jefe de División

19

Abogado Auxiliar II

 

Jefe de División

19

Jefe de División de Servicios Administrativos

 

Jefe de División

19

Jefe de División de Personal

 

Jefe de División

19

Secretario del Procurador

 

Secretario Privado

19

Abogado Auxiliar I

 

Abogado Asesor

19

Coordinador de Personal de Policía Judicial

 

Coordinador de Personal de Policía Judicial

18

Jefe de Oficina Seccional

 

Jefe de Oficina Seccional

18

Abogado Coordinador de Policía Judicial

 

Abogado Coordinador de Policía Judicial

17

Abogado Visitador II

 

Abogado Visitador

17

Contador Visitador

 

Contador

17

Técnico en Auditoría

 

Técnico en Auditoría

17

Técnico en Criminalística

 

Técnico en Criminalística

17

Técnico Investigador Asesor

 

Técnico Investigador

17

Fiscal de Juzgado Superior

 

Fiscal de Juzgado Superior

17

Fiscal de Juzgado Superior de Aduanas

 

Fiscal de Juzgado Superior de Aduanas

17

Fiscal de Juzgado de Circuito

 

Fiscal de Juzgado de Circuito

17

Abogado Visitador I

 

Abogado Visitador

15

Asistente Jurídico

 

Asistente Jurídico

15

Visitador Policía Judicial

 

Visitador Policía Judicial

15

Almacenista

 

Almacenista

15

Jefe de Sección I

 

Jefe de Sección

13

Secretario de Procuraduría Delegada

 

Secretario de Procuraduría Delegada I

13

Estadígrafo

 

Estadígrafo

11

Secretario de División

 

Secretario

11

Secretario de Procuraduría Regional

 

Secretario de Procuraduría Regional

11

Sustanciador II

 

Sustanciador

11

Sustanciador II (Policía Judicial)

 

Agente Especial de Policía Judicial

11

Secretario Auxiliar

 

Secretario

11

Auxiliar de Fiscalía de Consejo de Estado

 

Auxiliar Judicial

11

Auxiliar de Fiscalía de Tribunal Superior

 

Auxiliar Judicial

11

Auxiliar de Fiscalía de Tribunal Superior de Aduanas

 

Auxiliar Judicial

11

Auxiliar de Fiscalía Tribunal Administrativo

 

Auxiliar Judicial

11

Secretario Oficina Seccional

 

Secretario

9

Mecanotaquígrafo

 

Mecanotaquígrafo

9

Sustanciador I

 

Sustanciador

9

Revisor de Documentos II

 

Revisor de Documentos

9

Auxiliar de Fiscalía Superior

 

Asistente Judicial

9

Auxiliar de Fiscalía Superior de Aduanas

 

Asistente Judicial

9

Auxiliar de Fiscalía de Circuito

 

Asistente Judicial

9

Auxiliar de Oficina II

 

Oficinista

6

Mecanógrafo

 

Mecanógrafo

6

Mecanotaquígrafo

 

Mecanotaquígrafo

6

Revisor de Documentos I

 

Revisor de Documentos

6

Auxiliar de Oficina I

 

Oficinista

6

Auxiliar de Mantenimiento

 

Auxiliar de Servicios Generales

6

Chofer

 

Chofer

4

Mensajero II

 

Citador

4

Ayudante de Almacén

 

Auxiliar de Servicios Generales

4

Mensajero I

 

Citador

2

Aseador II

 

Auxiliar de Servicios Generales

1

 

JUSTICIA PENAL MILITAR

Denominación

Grado

Denominación

Grado

Magistrado

Magistrado

21

Fiscal

Fiscal

21

Auditor Superior de Guerra

Auditor Superior de Guerra

19

Auditor principal de Guerra

Auditor principal de Guerra

17

Auditor Auxiliar de Guerra

Auditor Auxiliar de Guerra

13

Juez de Instrucción Penal Militar

Juez de Instrucción Penal Militar

13

Secretario de Auditor Superior de Guerra

Secretario de Auditoría

13

Secretario de Auditor Principal de Guerra

Secretario de Auditoría

13

Secretario de Auditor Auxiliar de Guerra

Secretario de Auditoría

13

Secretario de Juez de Instrucción Penal Militar

Secretario de Juzgado de Instrucción Militar

11

Secretario

Secretario de Tribunal Superior Militar

11

Asistente Judicial

17

Asistente Judicial

11

Auxiliar de Magistrado

17

Asistente Judicial

11

Asistente Judicial

11

Oficial Mayor

15

Oficial Mayor

9

Auxiliar de Oficina

5

Auxiliar de Servicios Generales

7

Auxiliar de Fiscal

17

Asistente Judicial

7

Escribiente I

10

Escribiente

6

Escribiente II

9

Escribiente

5

Chofer

4

Chofer

4

Chofer

2

Chofer

4

 

ARTÍCULO 11. DE LA VIGENCIA. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y surte efectos fiscales en los términos del Decreto-ley 717 de 1978.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, a los 17 días del mes de mayo de 1978.

 

ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

ALFONSO PALACIO RUDAS

 

EL MINISTRO DE JUSTICIA,

 

CÉSAR GÓMEZ ESTRADA

 

EL JEFE DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL,

 

SATURIA ESGUERRA PORTOCARRERO

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 35034 del 14 de junio de 1978