Circular 01 de 2016 Consejo Asesor Del Gobierno Nacional
Fecha de Expedición: 04 de abril de 2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN
- Subtema: Jefe de Control Interno
Informa sobre la vigencia de las circulares del Consejo Asesor del Gobierno Nacional, en relación con los informes que deben presentar los Jefes de Control Interno
CONSEJO ASESOR DEL GOBIERNO NACIONAL EN MATERIA DE CONTROL INTERNO DE LAS ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL
CIRCULAR 01 DE 2016
PARA: |
REPRESENTANTES LEGALES, JEFES DE OFICINA DE CONTROL INTERNO O QUIENES HAGAN SUS VECES, DE LAS ENTIDADES QUE HACEN PARTE DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY 87 DE 1993.
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DE: |
PRESIDENTE DEL CONSEJO ASESOR DEL GOBIERNO NACIONAL EN MATERIA DE CONTROL INTERNO DE LAS ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL.
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ASUNTO: |
VIGENCIA CIRCULARES DEL CONSEJO ASESOR DEL GOBIERNO NACIONAL.
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FECHA: |
04 de Abril de 2016 |
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 230 del Decreto Ley 019 de 2012, los Jefes de Control Interno solo estarán obligados a presentar los informes y realizar los seguimientos previstos en la ley, normas con fuerza de ley y las que le asigne el Presidente de la República para los Jefes de Control Interno de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, y los solicitados por los organismos de control, la Contaduría General de la Nación y el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno.
Con el fin de simplificar y facilitar la gestión por parte de los Jefes de Control Interno o quien haga sus veces, el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de control Interno, en sesión celebrada el día 10 de diciembre del 2015, delegó en el Departamento Administrativo de la Función Pública la revisión de las diferentes circulares expedidas por dicho órgano colegiado, para determinar la pertinencia y vigencia de las mismas y facultó al Presidente del citado Consejo Asesor para expedir el acto administrativo respectivo.
Por lo anterior, se derogan las diferentes circulares expedidas hasta la fecha con excepción de las circulares 04 del 27 de septiembre de 2005 "Evaluación Institucional por Dependencias en Cumplimiento de La Ley 909 de 2004” y 01 del 9 de Julio de 2015 "Fortalecimiento del Sistema de Control Interno Frente a su Función Preventiva", las cuales quedan vigentes
Cordialmente,
LILIANA CABALLERO DURÁN
Presidente