Decreto 552 de 2017
Fecha de Expedición: 30 de abril de 2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
- Subtema: Planta de Personal
Por el cual se modifica la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y se dictan otras disposiciones.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 552 DE 2017
(Marzo 30)
Por el cual se modifica la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y se dictan otras disposiciones
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA en la sesión del 17 de diciembre de 2014 mediante el Acta No. 1510 decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la ampliación de la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
Que el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico para la modificación de la planta, el cual obtuvo concepto favorable.
Que el Director de Inversiones y Finanzas Públicas del Departamento Nacional de Planeación certifica que hay disponibilidad presupuestal para la ampliación de la planta de personal del SENA, con cargo a los proyectos de inversión “Capacitación a trabajadores y desempleados para su desempeño en actividades productivas, y asesoría y asistencia técnica empresarial, para el desarrollo social, económico y tecnológico, a través de los centros de formación del SENA” y “Crédito hipotecario para sus empleados y pago de cesantías”
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Créanse en la planta global de empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA los siguientes cargos,
Nº DE CARGOS |
DENOMINACION DEL CARGO |
CÓDIGO |
GRADO |
PLANTA GLOBAL | |||
40 |
Profesional |
2020 |
20 |
40 |
Profesional |
2020 |
12 |
165 |
Profesional |
2020 |
10 |
127 |
Profesional |
2020 |
08 |
528 |
Profesional |
2020 |
06 |
2100 |
Instructor |
3010 |
1-20 |
PARÁGRAFO: El Director General distribuirá los nuevos cargos de la planta global mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta las necesidades del servicio de la entidad.
ARTÍCULO 2º- Los empleos creados en el presente decreto se proveerán de manera progresiva en las vigencias 2017, 2018 y 2019 a razón de 700 instructores y 300 profesionales anualmente.
ARTÍCULO 3º- El Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA proveerá los empleos creados en el artículo primero del presente decreto, de acuerdo a la apropiación y disponibilidad presupuestal
ARTÍCULO 4º- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente al Decreto 250 de 2004 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de marzo del año 2017.
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
CLARA LÓPEZ OBREGÓN
LA MINISTRA DE TRABAJO
LILIANA CABALLERO DURÁN
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
NOTA: Publicado en el Diario Oficial No.50.191 de 30 de marzo de 2017.