Decreto 1777 de 2000 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1777 de 2000

Fecha de Expedición: 11 de septiembre de 2000

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 1777 DE 2000

 

(Septiembre 11)

 

“Por el cual se modifica el Decreto número 088 del 2 de febrero del año 2000.”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  1º. Modifica el Artículo 2 del Decreto 88 de 2000. Modificase el artículo 2º del Decreto 088 del 2 de febrero del año 2000, en el entendido de incluir en las entidades adscritas del Ministerio de Educación Nacional a la Unidad Administrativa de la Junta Central de Contadores. 

 

ARTÍCULO 2º.Transitorio. La Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores continuará desarrollando sus funciones de acuerdo con lo dispuesto en las Leyes 145 de 1960 y 43 de 1990 y demás normas que la modifiquen o adicionen, hasta cuando se cree el Colegio Profesional de Contadores y se le asignen funciones por parte de la ley. Ocurrido lo cual se suprimirá la Unidad Administrativa Especial de conformidad con las disposiciones y normas vigentes sobre la materia. 

 

ARTÍCULO 3º. Para la prestación de los servicios La Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, continuará con la planta de personal establecida en el artículo 3º del Decreto 2537 de 1994. 

 

ARTÍCULO  4º.El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 088 del 2 de febrero del año 2000. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 11 días del mes de septiembre de 2000.

 

ANDRES PASTRANA ARANGO

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

JUAN MANUEL SANTOS.

 

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN NACIONAL,

 

FRANCISCO JOSÉ LLOREDA MERA.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

MAURICIO ZULUAGA RUIZ.

 

NOTA: Publicado en el Diario oficial. N. 44160. 14 de septiembre de 2000.