Concepto 54541 de 2016 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 54541 de 2016 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 14 de marzo de 2016

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD
- Subtema: Implementación

La norma técnica de calidad NTCGP1000:2009 no será actualizada ni cambiará de versión, sino que pasará a hacer parte del Modelo Unificado con los ajustes que se determinen.

v\:* {behavior:url(#default#VML);} o\:* {behavior:url(#default#VML);} w\:* {behavior:url(#default#VML);} .shape {behavior:url(#default#VML);}

*20165000054541*

 

Al contestar por favor cite estos datos:

 

Radicado No.: 20165000054541

 

Fecha: 14/03/2016 09:16:17 p.m.

 

Bogotá D.C.,

 

Referencia: Actualización Norma Técnica Calidad NTCGP1000:2009. Rad. 20162060069962 del 08 de marzo de 2016.

 

En atención a su comunicación en referencia, nos permitimos dar respuesta en los siguientes términos:

 

CONSULTA:

 

A raíz del cambio de la Normas ISO 9001 Versión 2015 y dl Decreto MECI 1000: 2014; es imperativo el ajuste o actualización de la NTCGP 1000: 2009.

 

En qué estado se encuentra este ajuste?

 

ANÁLISIS:

 

Para dar respuesta a su inquietud nos permitimos realizar las siguientes precisiones:

 

Sobre el tema de la actualización de la Norma Técnica NTCGP1000:2009, teniendo en cuenta que la norma ISO9001 pasó a su versión 2015, en primera instancia es preciso señalar que la Ley 1753 de 2015 “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un Nuevo País", en su capítulo V, artículo 133 determinó lo siguiente:

 

CAPÍTULO V

 

BUEN GOBIERNO

 

Artículo 133°, Integración de Sistemas de Gestión. Intégrense en un solo Sistema de Gestión, los Sistemas de Gestión de la Calidad de que trata la Ley 872 de 2003 y de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998. El Sistema de Gestión deberá articularse con los Sistemas Nacional e Institucional de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27° al 29° de la Ley 489 de 1998, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de control al interior de los organismos y entidades del Estado. (Subrayado fuera de texto)

 

El Gobierno Nacional reglamentará la materia y establecerá el modelo que desarrolle la integración y articulación de los anteriores sistemas, en el cual se deberá determinar de manera clara el campo de aplicación de cada uno de ellos con criterios diferenciales en el territorio nacional.

 

Una vez se reglamente y entre en aplicación el nuevo Modelo de Gestión, los artículos 15 al 23 de la Ley 489 de 1998 y la Ley 872 de 2003 perderán vigencia.

 

A partir de la anterior determinación se armonizarán las políticas y componentes del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, dentro de los cuales se encuentra el Sistema de Gestión de la Calidad bajo la Norma Técnica NTCGP1000:2009 y se establecerán claramente los aspectos específicos de coordinación relacionados con el Sistema de Control Interno a través del Modelo Estándar de Control Interno MECI.

 

Para la estructuración del modelo en mención se ha iniciado con un proyecto que nos permitirá trabajar con los líderes de las diferentes políticas incluidas dentro del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, así como las diferentes instancias institucionales y usuarios de estos sistemas, con el fin de diseñar una estructura que le permita a todas las entidades del Estado, planear, gestionar, evaluar, controlar y mejorar su desempeño, bajo criterios de calidad, cumpliendo su misión y buscando la satisfacción de los ciudadanos, así mismo el modelo deberá generar un sistema de información para la toma de decisiones a nivel de políticas, y de acciones de mejora, orientando a las entidades a la gestión por resultados.

 

Este proyecto contiene una serie de etapas que deberán pasar por diferentes mesas de trabajo con las instancias que se determinen, la realización de una prueba piloto, el diseño de los instrumentos para su implementación y la expedición del decreto reglamentario correspondiente, por lo que en tiempos se esperaría que hacia el segundo semestre de año en curso pueda tenerse definido el modelo en toda su complejidad, con un tiempo de transición que permita a las entidades realizar los ajustes correspondientes.

 

Es importante mencionar que este Departamento Administrativo desde el año 2014 ha venido trabajando con el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación ICONTEC sobre los aspectos que se desarrollan en la actualización de la norma ISO9001, por tratarse del referente internacional a partir de cual fue desarrollada la Norma Técnica NTCGP1000. En las mesas de trabajo que se realizaron análisis concretos respecto de cada uno de los numerales de ambas normas, información a partir de la cual se determinaron los aspectos que podrían ser incluidos para el Sistema de Gestión de la Calidad en el modelo unificado ya explicado.

 

Así las cosas, las actividades realizadas en el año 2014 con miras a la actualización a la Norma Técnica NTCGP1000:2009 se convierten en un insumo para el proyecto del Modelo Unificado al que nos hemos venido refiriendo, por lo que dicha norma no cambiaría de versión, sino que pasaría a hacer parte del modelo unificado con los ajustes que se determinen.

 

Cabe señalar que hasta tanto no se reglamente y se establezca el modelo que desarrolle la integración y articulación de los sistemas, estarán vigentes las disposiciones relacionadas con la materia, entre estos la norma técnica NTCGP1000:2009.

 

CONCLUSIÓN:

 

De acuerdo a lo anteriormente expuesto le confirmo que la norma técnica de calidad NTCGP1000:2009 no será actualizada ni cambiará de versión, sino que pasará a hacer parte del Modelo Unificado con los ajustes que se determinen.

 

Así mismo, deberán tener en cuenta que hasta tanto no se reglamente y se establezca el modelo que desarrolle la integración y articulación de los sistemas, estarán vigentes las disposiciones relacionadas con la materia, es decir las políticas de Desarrollo Administrativo dentro de la cuales se encuentra la norma técnica NTCGP1000:2009.

 

Los invitamos a consultar nuestro nuevo servicio de asesoría: Espacio Virtual de Asesoría – EVA, en la dirección: www.funcionpublica.gov.co/eva/, donde encontrará normas, jurisprudencia, conceptos, videos informativos, publicaciones de la Función Pública, entre otras opciones, las cuales serán de gran apoyo en su gestión.

 

El anterior concepto se imparte en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Cordialmente,

 

MARÍA DEL PILAR GARCÍA GONZÁLEZ

 

Directora de Gestión y Desempeño Institucional

 

MYRIAN CUBILLOS /MARIA DEL PILAR GARCIA

 

DCI / 500.4.6