Concepto 010401 de 2024 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 11 de enero de 2024
Fecha de Entrada en Vigencia: 11 de enero de 2024
Medio de Publicación:
EMPLEO
- Subtema: Remuneración
La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia deberá establecer la asignación básica mensual de acuerdo con la vigencia fiscal en la que sea posesionado el funcionario, una vez se haya superado el concurso de méritos ofertado.
*20246000010401*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20246000010401
Fecha: 11/01/2024 01:35:07 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: Empleo. Remuneración RADICACIÓN: 20232061050772 del 27 de noviembre de 2023.
Reciba un saludo de parte de Función Pública, en atención a la comunicación de la referencia, sobre la cual consulta: La presente es para solicitar aclaración frente a la vacante ofertada en el proceso de selección UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA_EON2020-2_ABIERTO con número opec: 173428, grado: 12, debido que la asignación salarial aparece de $3496349. Existiendo el DECRETO 0905 DE 2023 donde para ese mismo grado 12 para profesional está por $4.298.461. ¿Al finalizar el proceso de selección qué salario se asignaría al ganador de la plaza ofertada por concurso público?
Es importante indicarle que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 20161, este Departamento Administrativo tiene como objeto el fortalecimiento de las capacidades de los servidores públicos y de las entidades y organismos del Estado, su organización y funcionamiento, el desarrollo de la democratización de la gestión pública y el servicio al ciudadano, mediante la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas, la adopción de instrumentos técnicos y jurídicos, la asesoría y la capacitación.
Precisado lo anterior y de manera general, una vez terminado la convocatoria para la cual aplico, en este caso Unidad Administrativa Especial Migración Colombia_EON2020-2_Abierto, corresponderá establecer la asignación básica mensual, de acuerdo a la vigencia fiscal, en la que sea posesionado una vez se haya superado el concurso de méritos ofertado. En atención a que los Decretos salariales de cada año, empiezan a surtir efectos fiscales a partir del 1° de enero de cada año.
Para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web de la entidad en el link www.funcionpublica.gov.co/web/eva/gestor-normativo, «Gestor Normativo», donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.
El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el Artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
ARMANDO LÓPEZ CORTES
Director Jurídico
Proyectó: Vivian Parra
Revisó: Maia Borja
116028.4.
NOTAS DE PIE DE PÁGINA
1 Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública