Decreto 1604 de 2023 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1604 de 2023

Fecha de Expedición: 29 de septiembre de 2023

Fecha de Entrada en Vigencia: 29 de septiembre de 2023

Medio de Publicación:

PLANTA DE PERSONAL DAFP
- Subtema: Modificación Planta Global

Modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 1604 DE 2023

(Septiembre 29)

Por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 189, numeral 14 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO

 

Que el artículo 93 de la Ley 1952 de 2019, modificado por el artículo 14 de la Ley 2094 de 2021, estableció que las entidades y organismos del Estado deben organizar una oficina o unidad del más alto nivel para conocer los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus servidores; y que dicha oficina debe estar conformada, como mínimo, por servidores públicos de nivel profesional y por un jefe de oficina de nivel directivo, a quien se le exigirá el título profesional de abogado.

Que adicionalmente, el Congreso de la República expidió la Ley 2052 del 25 de agosto de 2020, la cual en su artículo 17 consagra, con respecto a la Oficina de la Relación con el Ciudadano que, se deberá crear una dependencia o entidad única, la cual se encargará de liderar al interior de la entidad la implementación de las políticas que incidan en la relación Estado Ciudadano definidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública, siempre que su sostenimiento esté enmarcado dentro de las disposiciones del Marco Fiscal de Mediano Plazo y Marco de Gasto de Mediano Plazo.

Que en consecuencia se requiere ajustar la planta de personal a las nuevas dependencias que integran la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública, para lo cual se suprimirán y crearán unos empleos necesarios para el cumplimiento de las funciones y competencias otorgadas.

 

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió la viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1. Supresión de empleos de la planta de personal. Suprimir de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública, establecida en el artículo 2 del Decreto 189 de 2004, modificado por el Decreto 4772 de 2011 los siguientes empleos :

 

CANTIDAD DE EMPLEOS

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

DESPACHO DEL DIRECTOR

1 (Uno)

Asesor

1020

16

1 (Uno)

Asesor

1020

11

 

ARTÍCULO 2. Creación de empleos. Crear en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública, los siguientes empleos:

CANTIDAD DE EMPLEOS

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

PLANTA GLOBAL

2 (Dos)

Jefe de Oficina

0137

17

PARÁGRAFO. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública distribuirá los empleos de la planta global de acuerdo con las necesidades del servicio.

 

ARTÍCULO 3. Provisión de los empleos. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública proveerá los empleos creados mediante el presente Decreto de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia y los distribuirá teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes, las estrategias y los programas del Departamento.

 

ARTÍCULO 4. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente al Decreto 189 de 2004, modificado por el Decreto 4772 de 2011.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de Septiembre de 2023

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

(FDO.) GUSTAVO PETRO URREGO

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA