Concepto 226321 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 226321 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 22 de junio de 2022

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

COMISIÓN DE PERSONAL
- Subtema: Conformación

"-Los dos representantes de los empleados serán elegidos por votación directa de los empleados públicos del organismo o entidad, en las votaciones que se adelanten para la elección de los representantes de la Comisión de Personal, podrán participar todos los servidores que ocupen empleos de carrera administrativa independientemente de su forma de vinculación y los empleados vinculados en empleos que conforman las plantas temporales. -Para el caso de los dos (2) representantes de los empleados, únicamente procede la elección de empleados que ocupen cargos de los cuales poseen derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo establecido en la norma."

*20226000226321*

Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 20226000226321

Fecha: 22/06/2022 10:06:33 a.m.

Bogotá D.C.

Referencia: COMISIÓN DE PERSONAL. Conformación. Radicado: 20222060220452 del 26 de mayo de 2022.

En atención a la radicación de la referencia, en la cual consulta que personas pueden votar en las Elecciones de los miembros de la Comisión de Personal y quienes pueden participar en la postulación para ser candidatos en la mencionada Comisión de Personal, se da respuesta en los siguientes términos.

El Decreto 498 de 2020, por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, establece:

"ARTÍCULO 2.2.14.1.1 Conformación de la Comisión de Personal. En todos los organismos y entidades regulados por la Ley 909 de 2004 deberá existir una Comisión de Personal conformada por dos (2) representantes del organismo o entidad, designados por el nominador o por quien haga sus veces y dos (2) representantes de los empleados quienes deben ser de carrera administrativa.

Los dos representantes que para el efecto designe el jefe del organismo o entidad serán empleados públicos de libre nombramiento y remoción o de carrera administrativa.

Los dos representantes de los empleados serán elegidos por votación directa de los empleados públicos del organismo o entidad y cada uno tendrá un suplente que deberá acreditar los mismos requisitos y condiciones del titular. En las votaciones que se adelanten para la elección de los representantes de la Comisión de Personal, podrán participar todos los servidores que ocupen empleos de carrera administrativa independientemente de su forma de vinculación y los empleados vinculados en empleos que conforman las plantas temporales.

En igual forma se integrarán Comisiones de Personal en cada una de las dependencias regionales o seccionales de los organismos o entidades.

PARÁGRAFO. Las Comisiones de Personal establecerán su reglamento de funcionamiento."

De conformidad con lo anterior, se tiene que las Comisiones de Personal, estarán conformadas por dos (2) representantes del organismo o entidad, designados por el nominador o por quien haga sus veces y dos (2) representantes de los empleados quienes deben ser de carrera administrativa.

Así las cosas, se colige que en la conformación de la comisión de personal, en lo que respecta a los representantes de la entidad, será el nominador quien designe a dos empleados, que podrán ser de libre nombramiento y remoción o de carrera administrativa; por el contrario, en lo corresponde a la representación de los empleados, únicamente procede la elección de empleados que ocupen cargos de los cuales poseen derechos de carrera administrativa.

De conformidad con lo anterior, respecto de su primera pregunta:

Que personas pueden votar en las Elecciones de los miembros de la Comisión de Personal.

Los dos representantes de los empleados serán elegidos por votación directa de los empleados públicos del organismo o entidad, en las votaciones que se adelanten para la elección de los representantes de la Comisión de Personal, podrán participar todos los servidores que ocupen empleos de carrera administrativa independientemente de su forma de vinculación y los empleados vinculados en empleos que conforman las plantas temporales.

Quienes pueden participar en la postulación para ser candidatos de la Comisión de Personal.

Para el caso de los dos (2) representantes de los empleados, únicamente procede la elección de empleados que ocupen cargos de los cuales poseen derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo establecido en la norma aplicable al tema de consulta.

Por último, y respecto del acompañamiento de la Registraduría, se precisa que revisadas las normas aplicables al tema objeto de consulta, no se evidencia remisión alguna, así mismo dadas las competencias asignadas a este Departamento Administrativo, le sugerimos Dirigir su interrogante a dicha entidad, para que sea esta quien se pronuncie sobre el caso particular y de ser el caso realice el acompañamiento que requiera.

Se indica que para información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web de la entidad en el link /web/eva/gestor-normativo,«Gestor Normativo», donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.

Atentamente,

ARMANDO LOPEZ CORTES

Director Jurídico

Proyectó: Janne Alexandra Guzmán Quintero.

Revisó: Harold Israel Herreño.

Aprobó: Armando López Cortés.

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