Decreto 148 de 2013
Fecha de Expedición: 06 de febrero de 2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
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DECRETO 148 DE 2013
(febrero 06)
por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano de Antropología e Historia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Colombiano de Antropología e Historia, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012 y los artículos 95 a 97 del Decreto número 1227 de 2005, para efectos de modificar la planta de personal, el cual obtuvo concepto técnico favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal.
Que el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Antropología e Historia, en sesión del 11 de septiembre de 2012, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la supresión y creación de cargos de su planta de personal como consta en el Acta número 4 de la misma fecha,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Apruébase la supresión de Cuatro (4) cargos de Trabajador Oficial de la planta de personal del Instituto Colombiano de Antropología e Historia.
ARTÍCULO 2. Apruébase la creación en la planta de personal del Instituto Colombiano de Antropología e Historia del siguiente cargo:
N° de Cargos |
Denominación del Cargo |
Código |
Grado |
Planta Global |
|||
1 |
Profesional Especializado |
2028 |
15 |
ARTÍCULO 3. Fíjase en treinta y siete (37) el número de Trabajadores Oficiales al servicio del Instituto Colombiano de Antropología e Historia.
ARTÍCULO 4. El Director General del Instituto Colombiano de Antropología e Historia, distribuirá el cargo de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente Decreto, mediante acto administrativo y ubicará al personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
ARTÍCULO 5. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 061 de 2000, y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a los seis días de febrero de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Ministra de Cultura,
Mariana Garcés Córdoba.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.