Circular Conjunta 100-009 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Circular Conjunta 100-009 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 14 de diciembre de 2021

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Personas con Discapacidad

Imparte recomendaciones para la implementación de ajustes razonables en las entidades públicas donde laboren personas en condición de discapacidad.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

CIRCULAR CONJUNTA 100-009-

 

(Diciembre 2021)

 

PARA: REPRESENTANTES LEGALES DE ENTIDADES Y ORGANISMOS DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL, DEPARTAMENTAL, DISTRITAL Y MUNICIPAL EN LOS SECTORES CENTRAL Y DESCENTRALIZADO

 

DE: MINISTERIO DEL TRABAJO Y DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

ASUNTO: RECOMENDACIONES PARA ·LA IMPLEMENTACIÓN DE AJUSTES RAZONABLES EN LAS ENTIDADES PÚBLICAS DONDE LABOREN PERSONAS EN CONDIGIÓN DE DISCAPACIDAD

 

FECHA: 14 de diciembre de 2021

 

En el marco de la negociación colectiva, el 18 de agosto de 2021, se firmó entre las organizaciones sindicales y el Gobierno Nacional el Acuerdo Estatal 2021, que pactó entre otros puntos, impartir instrucciones para la realización de ajustes razonables a las entidades del sector público en donde laboran personas en condición de discapacidad.

 

En virtud de lo anterior, se hace necesario referir que los ajustes razonables deben garantizar la accesibilidad y equiparación de oportunidades para todos los tipos de discapacidad y deben estar relacionados con las funciones y tareas para desarrollar la labor por parte del servidor público en condición de discapacidad debidamente comprobada y certificada, con base en las necesidades que se identifiquen para cada servidor. Así mismo, los ajustes razonables hacen referencia a los cambios, adecuaciones y adaptaciones necesarios para facilitar el acceso, la adaptación y la productividad de las personas en condición de discapacidad en el entorno laboral.

 

Dentro de los ajustes razonables más comunes se encuentran la flexibilización de los horarios y las diferentes modalidades de r trabajo formal, además de la instalación de hardware y software, como el licenciamiento de los programas Convertic, Jaws, ZoomText, entre otros, que le permita a los servidores públicos el cumplimiento de sus deberes y funciones y que garanticen una adecuada comunicación con los equipos de trabajo de la entidad y los ciudadanos.

 

Con base en lo anterior, en la Ley 1221 de 2008, Ley 2088 de 2021, el Decreto 1083 de 2015 y las demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan, se reitera a los destinatarios de esta circular, que se deben considerar dentro de los lineamientos para la implementación del teletrabajo y/o trabajo en casa para los servidores públicos en condición de discapacidad, garantizar la accesibilidad y equiparación de oportunidades en el marco de los ajustes razonables para el desempeño de sus labores a través del uso de la Tecnologías de la Información y la Comunicación –TIC-. No obstante, lo anterior, de requerirse por necesidades del servicio, el servidor público en condición de discapacidad deberá hacerse presente en la entidad pública, la cual de ser necesario deberá garantizar la accesibilidad y realizar y los ajustes razonables que se requieran para el desarrollo de su labor.

 

Con la expedición, de la presente circular, se da cumplimiento al punto 71 del Acuerdo Nacional Estatal 2021, suscrito entre el Gobierno Nacional y las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo.

 

Cordialmente,

 

ÁNGEL CUSTODIO CABRERA BÁEZ

 

NERIO JOSÉ ALVIS BARRANCO

 

Ministerio del Trabajo

 

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública

 

 

Aprobó: Francisco Camargo Sala

 

Amanda Pardo Olarte.