Decreto 288 de 2020 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 288 de 2020

Fecha de Expedición: 26 de marzo de 2020

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 288 DE 2020

 

(Febrero 26)

 

"Por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia".

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

 

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 115

de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, ha identificado la necesidad de fortalecer las dependencias situadas en la Zona Norte del País, a través de la escisión de su Dirección Regional Caribe en dos Regionales a saber: Dirección Regional Caribe con jurisdicción en los departamentos de Córdoba, Sucre y Bolivar, y la Dirección Regional Atlántico en los departamentos de Atlántico y Magdalena, con el fin de atender oportunamente los requerimientos del Gobierno Nacional.

 

Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en sesiones del 30 de agosto y 16 de septiembre de 2019, según actas No. 003 y 004 de 2019, autorizó someter a la aprobación del Gobierno Nacional la presente modificación de la planta de personal.

 

Que. la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que tratan el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 al 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto previo favorable.

 

Que la modificación de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, cumple con el numeral 1.1 de la Directiva Presidencial 09 de 9 de noviembre de 2018 - Directrices de Austeridad, que dispone: "Las plantas de personal y las estructuras administrativas de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, solamente se podrán modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o se generen ahorros en los gastos de funcionamiento de la entidad".

 

Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dio concepto favorable para efectos de la presente modificación de la planta de personal.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Supresión de empleo. Suprimir de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, el siguiente empleo:

 

No. DE CARGOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO

CÓDIGO

GRADO

DESPACHO DEL DIRECTOR

1 (Uno)

Asesor

1020

17

 

ARTÍCULO 2°. Creación de empleos. Crear en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, los siguientes empleos:

 

No. DE CARGOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO

CÓDIGO

GRADO

DESPACHO DEL DIRECTOR

1 (Uno)

Profesional de Migración

2020

01

PLANTA GLOBAL

1 (Uno)

Director Regional

0042

19

1 (Uno)

Conductor Mecánico

4103

18

1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

4044

10

 

ARTÍCULO 3º. Provisión de empleos. El Director General de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, mediante resolución distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.

 

ARTICULO  4º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 4063 de 2011, modificado por los Decretos 0069 de 2013, 1176 de 2014, 0167 de 2016 y 0494 de 2017.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de febrero de 2020

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

(FDO.) IVAN DUQUE MARQUEZ

 

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

 

CLAUDIA BLUM

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO