Decreto 117 de 2013 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 117 de 2013

Fecha de Expedición: 31 de enero de 2013

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
- Subtema: Ministerio de Defensa Nacional

Se modifica la Planta de Personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Fuerza Aérea Colombiana y se dictan otras disposiciones.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 117 DE 2013

(Enero 31)

por el cual se modifica la Planta de Personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Fuerza Aérea Colombiana y se dictan otras disposiciones.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Defensa Nacional - Fuerza Aérea Colombiana, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata las disposiciones vigentes, el cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectos de modificar su Planta de Personal.

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. A partir de la publicación del presente decreto, la Planta de Personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Fuerza Aérea Colombiana, es la que se establece a continuación:

No. de Cargos

Dependencia y Denominación del empleo

Código

Grado

COMANDO DE LA FUERZA AEREA COLOMBIANA

Dos (2)

Profesional de defensa para inteligencia y contrainteligencia

3-1

25

Tres (3)

Profesional de defensa para inteligencia y contrainteligencia

3-1

22

Cinco (5)

Profesional de defensa para inteligencia y contrainteligencia

3-1

20

Cinco (5)

Profesional de defensa para inteligencia y contrainteligencia

3-1

14

(Modificado por el Art. 4 del Decreto 079 de 2022)

DESPACHO SEGUNDO COMANDO Y JEFE DE ESTADO MAYOR

N° DE CARGOS

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

1 (Uno)

PROFESIONAL DE DEFENSA

3-1

14

10 (Diez)

PROFESIONAL DE DEFENSA

3-1

6

7 (Siete)

PROFESIONAL DE DEFENSA

3-1

4

2 (Dos)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

7

DESPACHO COMANDOS Y GRUPOS AÉREOS DE COMBATE

N° DE CARGOS

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

22 (Veintidós)

PROFESIONAL DE DEFENSA

3-1

6

12 (Doce)

PROFESIONAL DE DEFENSA

3-1

4

1 (Uno)

TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

5-1

21

5 (Cinco)

TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

5-1

18

1 (Uno)

TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

5-1

12

2 (Dos)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

14

1 (Uno)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

9

26 (Veintiséis)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

7

1 (Uno)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

6

3 (Tres)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

5

DESPACHO JEFATURAS

N° DE CARGOS

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

2 (Dos)

PROFESIONAL DE DEFENSA

3-1

6

6 (Seis)

PROFESIONAL DE DEFENSA

3-1

4

4 (Cuatro)

TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

5-1

21

6 (Seis)

TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

5-1

18

1 (Uno)

TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

5-1

14

1 (Uno)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

16

2 (Dos)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

14

1 (Uno)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

10

7 (Siete)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

7

3 (Tres)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

6

2 (Dos)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

5

PLANTA GLOBAL

N° DE CARGOS

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

1 (Uno)

ASESOR DEL SECTOR DEFENSA

2-2

4

98 (Noventa y ocho)

ASESOR DEL SECTOR DEFENSA

2-2

2

30 (Treinta)

ORIENTADOR DE DEFENSA

4-1

18

12 (Doce)

ORIENTADOR DE DEFENSA

4-1

16

56 (Cincuenta y seis)

ORIENTADOR DE DEFENSA

4-1

15

4 (Cuatro)

ORIENTADOR DE DEFENSA

4-1

14

9 (Nueve)

ORIENTADOR DE DEFENSA

4-1

13

2 (Dos)

ORIENTADOR DE DEFENSA

4-1

11

1 (Uno)

ORIENTADOR DE DEFENSA

4-1

9

4 (Cuatro)

ORIENTADOR ESPIRITUAL

4-1

18

2 (Dos)

ORIENTADOR ESPIRITUAL

4-1

16

8 (Ocho)

ORIENTADOR ESPIRITUAL

4-1

15

30 (Treinta)

TÉCNICO DE INTELIGENCIA

5-1

24

4 (Cuatro)

TÉCNICO DE INTELIGENCIA

5-1

21

17 (Diecisiete)

TÉCNICO DE SERVICIOS

5-1

25

5 (Cinco)

TECNICO DE SERVICIOS

5-1

24

32 (Treinta y dos)

TECNICO DE SERVICIOS

5-1

22

87 (Ochenta y siete)

TECNICO DE SERVICIOS

5-1

21

2 (Dos)

TÉCNICO DE SERVICIOS

5-1

20

3 (Tres)

TÉCNICO DE SERVICIOS

5-1

19

13 (Trece)

TECNICO DE SERVICIOS

5-1

18

1 (Uno)

TÉCNICO DE SERVICIOS

5-1

17

14 (Catorce)

TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

5-1

24

7 (Siete)

TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

5-1

22

53 (Cincuenta y tres)

TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

5-1

21

1 (Uno)

TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

5-1

20

17 (Diecisiete)

TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

5-1

17

14 (Catorce)

TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

5-1

15

8 (Ocho)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

26

22 (Veintidós)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

24

20 (Veinte)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

23

2 (Dos)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

22

21 (Veintiuno)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

20

2 (Dos)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

19

53 (Cincuenta y tres)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

18

198 (Ciento noventa y ocho)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

16

20 (Veinte)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

15

187 (Ciento Ochenta y siete)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

14

142 (Ciento cuarenta y dos)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

13

17 (Diecisiete)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

12

950 (Novecientos cincuenta)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

11

8 (Ocho)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

10

5 (Cinco)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

9

31 (Treinta y uno)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

7

15 (Quince)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

6

45 (Cuarenta y cinco)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

5

2 (Dos)

AUXILIAR DE SERVICIO

6-1

3

2 (Dos)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

24

4 (Cuatro)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

23

4 (Cuatro)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

20

20 (Veinte)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

18

1 (Uno)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

16

1 (Uno)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

15

21 (Veintiuno)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

14

55 (Cincuenta y cinco)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

13

319 (Trescientos diecinueve)

AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA

6-1

11

ARTÍCULO 2°. El número de Trabajadores Oficiales al servicio de la Fuerza Aérea Colombiana será de cinco (5).

ARTÍCULO 3°. El Ministro de Defensa Nacional, o quien este delegue, mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.

ARTÍCULO 4°. Los Funcionarios que a la fecha de la expedición del presente decreto se encuentren prestando sus servicios en la planta de personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Fuerza Aérea Colombiana, serán incorporados a los cargos de los que trata el artículo 1°, en un término máximo de sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de la publicación del presente decreto y continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los cargos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal.

ARTÍCULO 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 4781 de 2007 y 4045 de 2008.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a 31 de enero de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,

JUAN CARLOS PINZÓN BUENO.

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 48690. 31, enero, 2013