Decreto 3268 de 2007
Fecha de Expedición: 30 de agosto de 2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
- Subtema: Planta Exterior Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en el exterior.
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DECRETO 3268 DE 2007
(Agosto 30)
Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en el exterior.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal encontrándola ajustada técnicamente y emitiendo en consecuencia concepto favorable;
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y turismo, en el exterior, los siguientes cargos:
N°. de cargos |
Denominación del empleo |
Código |
Grado |
DESPACHO DEL MINISTRO | |||
2 (dos) |
Asesor Comercial |
1060 |
4 EX |
1 (uno) |
Asesor Comercial |
1060 |
2 EX |
1 (uno) |
Asesor Comercial |
1060 |
1 EX |
1 (uno) |
Secretario Comercial I |
2102 |
9 PA |
ARTÍCULO 2°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el exterior, los siguientes cargos:
N°. de cargos |
Denominación del Empleo |
Código |
Grado |
DESPACHO DEL MINISTRO | |||
1 (uno) |
Consejero Comercial |
0023 |
5 EX |
3 (tres) |
Asesor Comercial |
1060 |
3 EX |
1 (uno) |
Secretario Comercial I |
2102 |
7 PA |
ARTÍCULO 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 212 del 2003.
Dado en Bogotá, D. C., a los 30 días del mes de agosto de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,
FERNANDO ARAÚJO PERDOMO.
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.
EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,
LUIS GUILLERMO PLATA PÁEZ.
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
FERNANDO GRILLO RUBIANO.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 46736. 30, agosto, 2007.