Decreto 431 de 2004 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 431 de 2004

Fecha de Expedición: 16 de febrero de 2004

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
- Subtema: Planta Exterior Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Por medio del cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 431 DE 2004

 

(Febrero 16)

 

por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto favorable; 

 

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó el certificado de viabilidad presupuestal, 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los siguientes cargos: 

 

N° de cargos 

Dependencia y denominación del empleo 

Código 

Grado 

DESPACHO DEL MINISTRO 

1 ( uno) 

Asesor 

1020 

12 

PLANTA GLOBAL 

1 (uno) 

Asesor 

1020 

12 

1 (uno) 

Asesor 

1020 

08 

1 (uno) 

Profesional Universitario 

3020 

10 

 

ARTÍCULO 2°. Créase en la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo el siguiente cargo: 

 

N° de cargos 

Dependencia y denominación del empleo 

Código 

Grado 

DESPACHO DEL MINISTRO 

1 (uno) 

Negociador Internacional 

0088 

 

ARTÍCULO 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 213 y 708 de 2003. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 16 días del mes de febrero de 2004.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

 

EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,

 

JORGE HUMBERTO BOTERO ANGULO.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 45464. 17, febrero, 2004.