Decreto 3217 de 2007 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 3217 de 2007

Fecha de Expedición: 27 de agosto de 2007

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
- Subtema: Planta Exterior Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Por medio del cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 3217 DE 2007

 

(Agosto 27)

 

por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal encontrándola ajustada técnicamente y emitiendo en consecuencia concepto favorable. 

 

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable. 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Suprímese, de la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el siguiente cargo: 

 

N° de Cargos 

Denominación del Empleo 

Código 

Grado 

DESPACHO DEL MINISTRO 

1 (Uno) 

Negociador Internacional 

0088 

 

ARTÍCULO 2°. Créanse, en la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los siguientes cargos: 

 

N° de Cargos 

Denominación del Empleo 

Código 

Grado 

Planta Global 

2 (dos) 

Profesional Especializado 

2028 

21 

 

ARTÍCULO 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 213 de 2003. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 27 días del mes de agosto de 2007.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

 

EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,

 

LUIS GUILLERMO PLATA PÁEZ.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 46733. 27, agosto, 2007.