Decreto 4930 de 2011
Fecha de Expedición: 29 de diciembre de 2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
- Subtema: Planta Exterior Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Por medio del cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 4930 DE 2011
(Diciembre 29)
por la cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y
Que mediante el Decreto-ley 4176 de 2011, le fueron reasignadas las funciones de llevar y administrar el registro de los contratos de importación de tecnología y de exportación de servicios; expedir las certificaciones pertinentes; fijar criterios de origen y expedir la certificación del origen de los productos colombianos con destino a la exportación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-.
Que para garantizar la prestación del servicio, el artículo 6° del Decreto-ley 4176 de 2011 dispuso que se procederá a efectuar las modificaciones que llegaren a ser necesarias en las plantas de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Que para el efecto se procederá a suprimir los empleos de quienes desarrollan las funciones reasignadas del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, para que sean incorporados directamente en los cargos que se crean en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-.
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo con el fin de modificar su planta de personal presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 del 2005, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable.
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los siguientes cargos:
N° de Cargos |
Denominación del Empleo |
Código |
Grado |
PLANTA GLOBAL | |||
1 (Uno) |
Profesional Especializado |
2028 |
17 |
5 (Cinco) |
Profesional Especializado |
2028 |
16 |
1 (Uno) |
Profesional Especializado |
2028 |
15 |
10 (Diez) |
Profesional Universitario |
2044 |
11 |
3 (Tres) |
Profesional Universitario |
2044 |
05 |
1 (Uno) |
Profesional Universitario |
2044 |
02 |
9 (Nueve) |
Técnico Administrativo |
3124 |
16 |
7 (Siete) |
Secretario Ejecutivo |
4210 |
20 |
6 (Seis) |
Auxiliar Administrativo |
4044 |
15 |
3 (Tres) |
Auxiliar Administrativo |
4044 |
13 |
PARÁGRAFO. La supresión de los cargos se hará efectiva a partir del 1° de enero del año 2012.
ARTÍCULO 2°. Los empleados a quienes se les suprime el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, serán incorporados directamente en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-.
ARTÍCULO 3°. La incorporación de los empleados a la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, se efectuará a partir del 1° de enero del año 2012. Hasta tanto se efectúe la incorporación los empleados continuarán ejerciendo las funciones que vienen desarrollando y percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente.
ARTÍCULO 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente al Decreto 213 del 2003 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Dado en Bogotá, D. C., a los 29 días del mes de diciembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
EL VICEMINISTRO TÉCNICO DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
RODRIGO SUESCÚN MELO.
EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,
SERGIO DIAZGRANADOS GUIDA.
LA DIRECTORA JURÍDICA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
CLAUDIA PATRICIA HERNÁNDEZ LEÓN.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 48297. 29 de diciembre, 2011