Decreto 2227 de 2019
Fecha de Expedición: 05 de diciembre de 2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
- Subtema: Planta de Personal
Suprime la planta de personal del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación y se establece la planta de empleos del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
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DECRETO 2227 DE 2019
(Diciembre 5)
Por el cual se suprime la planta de personal del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación y se establece la planta de empleos del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades que: le otorgan los numerales 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1951 de 2019 creó el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Que el artículo 125 de la Ley 1955 de 2019 dispuso: i) la fusión del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias) en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, ii) que el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación para iniciar su labor no debe generar gastos adicionales de personal ni generales a los que al momento de su creación tenga presupuestado el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), iii) que el Gobierno Nacional, en ejercicio de las competencias permanentes conferidas en la Ley 489 de 1998, adoptaré la estructura interna y la planta de. personal que requiera el ministerio, para su funcionamiento.
Que como consecuencia de la fusión, es necesario suprimir la planta de personal del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias) y establecer la planta de personal para el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), para lo cual la entidad presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 del 2015-, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal para modificar la estructura y planta de personal del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Supresión de la planta de empleos. Suprimir la planta del Departamento Administrativo de Ciencia y Tecnología - COLCIENCIAS, contenida en el Decreto 1905 de 2009, así:
DESPACHO DIRECTOR | |||
Nº. EMPLEOS |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO |
CODIGO |
GRADO |
1 (Uno) |
Director del Departamento Administrativo |
0010 |
- |
2 (Dos) |
Asesor |
1020 |
06 |
1 (Uno) |
Secretario Ejecutivo |
4210 |
22 |
1 (Uno) |
Conductor Mecánico |
4103 |
15 |
DESPACHO SUBDIRECTOR | |||
Nº. EMPLEOS |
DENOMINACION DEL EMPLEO |
CODIGO |
GRADO |
1 (Uno) |
Subdirector del Departamento Administrativo |
0025 |
- |
1 (Uno) |
Asesor |
1020 |
06 |
1 < Uno) |
Secretario Ejecutivo |
4210 |
22 |
PLANTA GLOBAL | |||
Nº. EMPLEOS |
DENOMINACION DEL EMPLEO |
CODIGO |
GRADO |
4(Cuatro) |
Director Técnico |
0100 |
22 |
1 (Uno) |
Secretario General de Departamento Administrativo |
0035 |
22 |
11 (Once) |
Gestor en Ciencia y Tecnología |
0153 |
13 |
2 (Dos) |
Jefe de Oficina |
0137 |
13 |
1 (Uno) |
Jefe de Oficina Asesora de Planeación |
1045 |
13 |
3 (Tres) |
Asesor |
1020 |
14 |
2 (Dos) |
Asesor |
1020 |
13 |
3 (Tres) |
Asesor |
1020 |
10 |
15 (Quince) |
Asesor |
1020 |
06 |
8(Ocho) |
Profesional Especializado |
2028 |
19 |
15 (Quince) |
Profesional Especializado |
2028 |
15 |
14 (Catorce) |
Profesional Universitario |
2044 |
11 |
7(Siete) |
Técnico |
3100 . |
16 |
5 (Cinco) |
Técnico |
3100 |
15 |
3 (Tres) |
Secretario Ejecutivo |
4210 |
22 |
16 (Dieciséis) |
Secretario Ejecutivo |
4210 |
20 |
3 (Tres) |
Auxiliar Administrativo |
4044 |
17 |
5 (Cinco) |
Conductor Mecánico |
4103 |
15 |
2 (Dos) |
Operario Calificado |
4169 |
15 |
3 (Tres) |
Operario Calificado |
4169 |
11 |
1 (Uno) |
Operario Calificado |
4169 |
09 |
ARTÍCULO 2. Planta de personal del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. Las funciones propias del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, serán cumplidas por la planta de empleos que se crea a continuación:
DESPACHO DIRECTOR | |||
Nº. EMPLEOS |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO |
CODIGO |
GRADO |
1 (uno) |
Ministro |
5 |
|
1 (uno) |
Gestor en Ciencia y Tecnología |
153 |
13 |
1 (uno) |
Asesor |
1020 |
14 |
1 (uno) |
Asesor |
1020 |
6 |
1 (uno) |
Técnico |
3100 |
15 |
1 (uno) |
Secretarlo ejecutivo |
4210 |
22 |
1 (uno) |
Conductor mecánico |
4103 |
15 |
DESPACHO VICEMINISTROS | |||
Nº. EMPLEOS |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO |
CODIGO |
GRADO |
2 (dos) |
Viceministro |
20 |
- |
1 (uno) |
Asesor |
1020 |
14 |
1 (uno) |
Asesor |
1020 |
13 |
4 (cuatro) |
Asesor |
1020 . |
6 |
2 (dos) |
Técnico |
3100 |
16 |
2 (dos) |
Secretarlo ejecutivo |
4210 |
22 |
2 (dos) |
Conductor mecánico |
4103 |
15 |
PLANTA GLOBAL | |||
Nº. EMPLEOS |
DENOMINACION DEL EMPLEO |
CODIGO |
GRADO |
1 (uno) |
Secretario general |
35 |
22 |
5 (cinco) |
Director técnico |
100 |
22 |
1 (uno) |
Director técnico |
100 |
19 |
12 (doce) |
Gestor en ciencia y tecnología |
153 |
13 |
2 (dos) |
Jefe de oficina. |
137 |
13 |
3 (tres) |
Jefe de oficina asesora |
. 1045 |
13 |
1 (uno) |
Asesor |
1020 |
13 |
1 (uno) |
Asesor |
1020 |
14 |
2 (dos) |
Asesor |
1020 |
10 |
7 (siete) |
Asesor |
1020 |
6 |
7 (siete) |
Profesional especializado |
2028 |
19 |
5 (cinco) |
Profesional especializado |
2028 |
17 |
13 (trece) |
Profesional especializado |
2028 |
15 |
10 (diez) |
Profesional universitario |
2044 |
11 |
1 (uno) |
Profesional universitario |
2044 |
1 |
3 (tres) |
Técnico |
3100 |
16 |
2 (dos) |
Técnico |
3100 |
15 |
2 (dos) |
Secretario ejecutivo |
4210 |
22 |
5 (cinco) |
Secretario ejecutivo |
4210 |
20 |
7 (siete) |
Auxiliar administrativo |
4044 |
20 |
3 (tres) |
Auxiliar administrativo |
4044 |
17 |
ARTÍCULO 3. Planta de personal de la Dirección de Inteligencia de Recursos de la Ciencia, la Tecnología e Innovación (CTel). Las funciones propias de la Dirección de Inteligencia de Recursos de la Ciencia, la Tecnología e Innovación (CTel) del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, dependencia con autonomía administrativa y financiera, en los términos del literal j) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, serán cumplidas por la planta de empleos que se establece a continuación:
DIRECCION DE INTELIGENCIA DE RECURSOS DEL Ctel | |||
Nº. EMPLEOS |
DENOMINACION DEL EMPLEO |
CODIGO |
GRADO |
1 (uno) |
Director técnico |
0100 |
22 |
1 (uno) |
Asesor |
1020 |
10 |
1 (uno) |
Asesor |
1020 |
06 |
1 (uno) |
Profesional especializado |
2028 |
19 |
2 (dos) |
Profesional especializado |
2028 |
15 |
4 (cuatro) |
Profesional universitario |
2044 |
11 |
2 (dos) |
Técnico |
3100 |
16 |
2 (dos) |
Técnico |
3100 |
15 |
1 (uno) |
Secretario ejecutivo |
4210 |
22 |
3 (Tres) |
Auxiliar administrativo |
4044 |
20 |
ARTÍCULO 4. Incorporación. Los servidores públicos cuyos empleos sean suprimidos en el artículo 1, serán incorporados en la planta de personal que se adoptó en los artículos 2 y 3 del presente decreto, sin que se les afecten sus derechos laborales ni de carrera administrativa, para lo cual el Ministro procederá a solicitar a la Comisión Nacional del Servicio Civil la actualización en el Registro Público de Carrera.
Para el caso del director, subdirector y secretario general del Departamento de Ciencia, Tecnología e Innovación se procederá, dentro de la facultad discrecional del Presidente, a nombrarlos en los cargos de ministro, viceministro, y secretario general, respectivamente, para lo cual no se requerirá surtir los tramites señalados en los artículos 2.2.13.2.2 y 2.2.13.2.3 del Decreto 1083 de 2015, por cuanto sus hojas de vida ya se publicaron para comentarios de la ciudadanía.
Para el nombramiento de los cargos de ministro, viceministro y secretario general el Director Administrativo y Financiero del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación hoy Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, expedirá la respectiva disponibilidad presupuestal.
ARTÍCULO 5. Continuidad de las funciones. Los servidores del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación hoy Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, continuarán cumpliendo las funciones y percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación o nombramiento a la nueva planta de personal y tomen posesión
del cargo.
ARTÍCULO 6. Provisión de empleos. Los empleos vacantes de la planta de empleos del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, serán provistos aplicando las disposiciones vigentes sobre la materia y de forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones.
ARTÍCULO 8. Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 1905 de 2009 y las demás disposiciones que le sean contrarias. ·
PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.G., a los 5 días del mes de diciembre de 2019
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
(FDO.) IVAN DUQUE MARQUEZ
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
FERNANDO ANTONIO GRILLO RUBIANO