Decreto 1402 de 1999
Fecha de Expedición: 28 de julio de 1999
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
SUPERINTENDENCIA DE ECONOMIA SOLIDARIA
- Subtema: Planta de Personal
Establece la Planta de Personal de la Superintendencia de la Economía Solidaria.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 1402 DE 1999
(Julio 28)
(Derogado por el Art. 6 del Decreto 187 de 2004)
Por el cual se establece la Planta de Personal de la Superintendencia de la Economía Solidaria y se dictan otras disposiciones
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de sus facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Nacional, en concordancia con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Las funciones propias de las distintas dependencias de la Superintendencia de la Economía Solidaria, serán desarrolladas por la planta de personal que a continuación se establece:
Nº de Cargos
|
Denominación
|
Código
|
Grado
| |
Despacho del Superintendente
|
| |||
Uno(1)
|
Superintendente
|
0030
|
25
| |
Dos (2)
|
Asesor
|
1020
|
11
| |
Dos (2)
|
Profesional Especializado
|
3010
|
20
| |
Uno (1)
|
Secretario Ejecutivo
|
5040
|
22
| |
Uno (1)
|
Auxiliar Administrativo
|
5120
|
13
| |
Uno (1)
|
Conductor mecánico
|
5310
|
13
| |
Planta Global
|
| |||
Dos (2)
|
Superintendente Delegado
|
0110
|
22
| |
Uno (1)
|
Secretario General de Superintendencia
|
0037
|
22
| |
Dos (2)
|
Intendente
|
0138
|
19
| |
Uno (1)
|
Jefe de Oficina Asesora de Jurídica
|
1045
|
13
| |
Uno (1)
|
Jefe de Oficina Asesora de Planeación
|
1045
|
13
| |
Uno (1)
|
Jefe de Oficina
|
0137
|
17
| |
Ocho (8)
|
Profesional Especializado
|
3010
|
20
| |
Ocho (8)
|
Profesional Especializado
|
3010
|
18
| |
Cinco (5)
|
Profesional Especializado
|
3010
|
16
| |
Veintidós (22)
|
Profesional Universitario
|
3020
|
14
| |
Diez (10)
|
Profesional Universitario
|
3020
|
12
| |
Seis (6)
|
Técnico Administrativo
|
4065
|
15
| |
Tres (3)
|
Secretario Ejecutivo
|
5040
|
18
| |
Tres (3)
|
Secretario Ejecutivo
|
5040
|
15
| |
Dos (2)
|
Auxiliar Administrativo
|
5120
|
13
| |
Uno (1)
|
Auxiliar de Servicios Generales
|
5335
|
07
| |
Uno (1)
|
Conductor mecánico
|
5310
|
11
| |
ARTÍCULO 2. El Superintendente de la Economía Solidaria distribuirá los cargos de la Planta Global a que se refiere el artículo primero del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la entidad.
ARTÍCULO 3. La provisión de los empleos de la Planta de Personal de que trata este decreto se hará hasta por el monto de las apropiaciones presupuestales vigentes.
ARTÍCULO 4. La Superintendencia de la Economía Solidaria asumirá las funciones consagradas en la Ley 454 de 1998 y demás normas que la desarrollan, una vez se organice incorporando mínimo el 70% de los funcionarios que conforman la planta de personal que por el presente decreto se adopta, en un término no superior a tres (3) meses, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto.
ARTÍCULO 5. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el decreto número 119 de 1999.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los 28 días del mes de julio de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR.
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
MAURICIO ZULUAGA RUIZ.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 43652. 2, agosto, 1999