Decreto 1442 de 2007 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1442 de 2007

Fecha de Expedición: 30 de abril de 2007

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 1442 DE 2007

 

(Abril 30)

 

Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, el cual emitió concepto técnico favorable, y cuenta con el concepto favorable por parte de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal, 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes cargos: 

 

Número de Cargos 

Dependencia y Empleo 

Código 

Grado 

DESPACHO MINISTRO 

2 (dos) 

Asesor 

1020 

16 

 

ARTÍCULO 2°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito público los siguientes cargos: 

 

Número de Cargos 

Dependencia y Empleo 

Código 

Grado 

DESPACHO VICEMINISTERIO TECNICO 

2 (dos) 

Asesor 

1020 

16 

 

ARTÍCULO 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 247 de 2004 modificado por el Decreto 2952 de 2004. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de abril de 2007.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 46615. 30, abril, 2007.