Decreto 248 de 2004
Fecha de Expedición: 28 de enero de 2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
- Subtema: Nomenclatura y Clasifiicación
Suprime de la nomenclatura algunos empleos del artículo 3 del Decreto 1426 de 1998 y adiciona algunos empleos.
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
- Subtema: Régimen Salarial y Prestacional
Modifica el Decreto 3539 de 2003, adicionando las escalas de asignación básica de algunos empleos y respecto al reconocimiento por coordinación.
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
- Subtema: Remuneración
Modifica el Decreto 3539 de 2003, respecto al reconocimiento por coordinación.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 248 DE 2004
(Enero 28)
Por el cual se modifica el Decreto 1426 de 1998 y el Decreto 3539 de 2003.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Suprímense de la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 3° del Decreto 1426 de 1998, las siguientes denominaciones:
Denominación del Empleo |
Grado |
Nivel Directivo | |
Subdirector |
03 |
02 | |
01 | |
Nivel Ejecutivo | |
Jefe de Centro |
05 |
04 | |
03 | |
02 | |
01 | |
Jefe de División |
05 |
04 | |
03 | |
02 | |
01 |
ARTÍCULO 2°. Adiciónase la nomenclatura de empleos de que trata el Decreto 1426 de 1998, así:
Denominación del Empleo |
Grado |
Nivel Directivo | |
Director Regional |
03 |
02 | |
01 | |
Subdirector de Centro |
03 |
02 | |
01 | |
Nivel Asesor | |
Asesor |
11 |
Nivel Profesional | |
Profesional |
20 |
19 | |
18 | |
17 | |
16 | |
15 | |
14 | |
13 | |
12 | |
11 |
ARTÍCULO 3°. Adicionar al artículo 2° del Decreto 3539 de 2003, las siguientes escalas de asignación básica mensual para las denominaciones de empleos del SENA:
Grado |
Asesor |
Profesional |
11 |
2.733.095 |
2.107.653 |
12 |
2.224.231 | |
13 |
2.307.440 | |
14 |
2.438.682 | |
15 |
2.501.075 | |
16 |
2.549.522 | |
17 |
2.674.312 | |
18 |
2.740.881 | |
19 |
2.901.475 | |
20 |
2.975.415 |
ARTÍCULO 4°.Reconocimiento por coordinación. Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en donde no exista el empleo de Jefe de División, que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo, creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal.
Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles Directivo, Asesor o Ejecutivo.
ARTÍCULO 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 1426 de 1998 y 3539 de 2003.
Dado en Bogotá, D. C., a los 28 días del mes de enero de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
FERNANDO GRILLO RUBIANO.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 45445. 29, enero, 2004.