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Adjudicación de bienes de Función Pública a título gratuito

Adjudicación de bienes de Función Pública a título gratuito

Junio 24 de 2022 12:58 PM

Imagen de mujer firmando un documento

Actualmente el Departamento Administrativo de la Función Pública viene adelantando el proceso de enajenación a título propio, con el fin de transferir bienes, materiales y suministros que puedan servir al cumplimiento de las actividades, planes y programas de otras entidades.

En el acto administrativo que anexa se encuentran relacionadas las entidades y los bienes y materiales que fueron adjudicados a título gratuito, según el procedimiento previsto en la Resolución 096 de 2022, el cual fue corroborado a través del Acta de Cierre del Proceso de fecha 13 de mayo de 2022.

A las entidades favorecidas se les enviará por correo electrónico un Acta de Entrega con la relación de los bienes, materiales y/o suministros para firma del representante legal y que sea remitido lo antes posible a Función Pública. 

Una vez se tenga el original firmado del acta de entrega, en un término no mayor a quince (15) días calendario, el Representante Legal de la entidad, o quien éste designe mediante poder notarial, deberá  hacerse presente para recibir de manos de la funcionaria MAYRA ALEJANDRA ROBAYO VILLAMIL los bienes, materiales y suministros que le fueron adjudicados a título gratuito a la organización.

Es importante recordar a las entidades favorecidas que los costos que se causen por cualquier concepto de transferencia de dominio correrán por cuenta de la entidad beneficiada.

Para el caso del vehículo automotor adjudicado, la entidad beneficiada deberá remitir dentro de los dos (2) meses siguientes a la entrega física del vehículo, copia de la licencia de tránsito debidamente actualizada, asumiendo directamente los costos del traspaso correspondiente; o de lo contrario se haría acreedora a las acciones administrativas pertinentes.

Los bienes muebles, materiales y/o suministros se entregarán en las condiciones y estado en que se encuentren y los costos de su retiro, carga y transporte, serán asumidos por las entidades que resultaron favorecidas.

Función Pública no se hace responsable del destino final de los bienes muebles, materiales y/o suministros entregados y adjudicados mediante acta al Representante Legal de la entidad favorecida si los bienes no son retirados físicamente después de haber cumplido el plazo concedido de los quince (15) días calendario, a partir de la firma del acta de entrega.

Por último, Función Pública ha notificado a todas las entidades del acto administrativo de adjudicación de los bienes a título gratuito (resolución 232 de 2022), mediante correo electrónico, dando cumplimiento a lo señalado en el artículo 4 del Decreto 491 del 28 de marzo de 2020, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica”, y del Decreto 1287 de 2020 “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la seguridad de los documentos firmados durante el trabajo en casa, en el marco de la Emergencia Sanitaria.”, facultan a las entidades para que las notificaciones de los actos administrativos se realicen a través de medios electrónicos, hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social.  

En el siguiente enlace se pueda consultar la resolución: Resolución 232 de 2022

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