Decreto 1534 de 2019
Fecha de Expedición: 26 de agosto de 2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
CARRERA DIPLOMÁTICA Y CONSULAR
- Subtema: Planta de Personal
Modifica la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
- Subtema: Planta de Personal
Modifica la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Plantas de personal
Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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DECRETO 1534 DE 2019
(Agosto 26)
Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores; a efectos de modificar la planta de personal, presentó la correspondiente justificación técnica al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1., 2.2.12.2., y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, obteniendo concepto técnico favorable de ese Departamento.
Que para los fines de este Decreto, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuestal.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Crear en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes empleos:
Número de cargos |
Denominación del empleo |
Código |
Grado |
DESPACHO DE JEFES DE MISIONES DIPLOMÁTICAS Y OFICINAS CONSULARES | |||
1(Uno) |
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario |
36 |
25 |
ARTÍCULO 2º El Ministro de Relaciones Exteriores distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 1º del presente decreto mediante acto administrativo, teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 3358 de 2009.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de agosto de 2019
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
(FDO.) IVAN DUQUE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES.
CARLOS HOLMES TRUJILLO
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
FERNANDO GRILLO RUBIANO