Circular 00107 de 2019 Comisión Nacional del Servicio Civil - Gestor Normativo - Función Pública

Circular 00107 de 2019 Comisión Nacional del Servicio Civil

Fecha de Expedición: 12 de julio de 2019

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
- Subtema: Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022

Los representantes legales de las entidades o sus delegados deberán reportar a más tardar el 25 de julio del año en curso a la CNSC, el total de vacantes definitivas de los empleos de carrera que cumplan las características señaladas en esta circular.

CIRCULAR 00107 DE 2019

 

(Julio 12)

 

PARA Representantes legales y Jefes de Unidades de Personal de entidades del Sistema General de Carrera Administrativa.

 

DE Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.

 

ASUNTO Instrucciones Técnicas para dar Cumplimiento al artículo 263 de la Ley 1955 de 2019 "Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022, Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad"

 

FECHA: 12 DE JULIO DE 2019

 

Dando cumplimiento a lo establecido por el artículo 263 de la Ley 1955 de 2019 "Por el cual se expide el plan nacional de desarrollo 2018-2022 "pacto por Colombia, pacto por la equidad', la Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC expidió la Circular No 20191000000097 de 2019 en la cual se establecen lineamientos para dar cumplimiento al citado artículo.

 

Por lo anterior, los representantes legales de las entidades o sus delegados deberán reportar a más tardar el 25 de julio del año en curso a la CNSC, el total de vacantes definitivas de los empleos de carrera administrativa identificando las que cumplan con las siguientes condiciones:

 

1. Que a 30 de noviembre de 2018 estaban siendo desempeñados por personas nombra­ das en provisionalidad y aún continúan en el cargo, y.

 

2. Que a 25 de mayo de 2019, les falta el equivalente a tres (3) años o menos en semanas de cotización para causar el derecho a la pensión de jubilación, y.

 

3. Que a 25 de mayo de 2019, les falta tres (3) años o menos de edad para causar el de­recho a la pensión de jubilación.

 

Dicha información deberá ser registrada en el Sistema de Apoyo para la Igualdad el Mérito y la Oportunidad (SIMO) a partir de la fecha, en el que se reportará lo correspondiente a:

 

1. Nombre del servidor

 

2. Número de cédula

 

3. Si existen requisitos pendientes para causar el derecho a la pensión de jubilación (semanas de cotización, edad o ambas, según el caso).

 

4. Tipo de régimen pensional.

 

La información deberá diligenciarse para las vacantes sin reportar y reportadas cuyos procesos de selección no hayan sido aprobados por la Sala Plena de la CNSC, ni convocados a través de concurso público de méritos antes del 25 de mayo del año 2019.

 

Finalmente, para realizar el respectivo reporte, es importante que tenga en cuenta las instrucciones contempladas en los siguientes enlaces y en el documento adjunto.

 

Rol Administrador Entidad:

 

http://simo.cnsc.qov.co/cnscwiki/doku.php?id=simo:documentos:manual opec a

 

Rol Cargador:

 

http://simo.cnsc.qov.co/cnscwiki/doku.php?id=simo:documentos:manual opec c

 

Cordialmente,

 

LUZ AMPARO CARDOSO CANIZALEZ

 

PRESIDENTE

 

Aprobó: Wilson Monroy Mora