Concepto 104971 de 2019 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 104971 de 2019 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 15 de abril de 2019

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Naturaleza del Cargo

El Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario FINAGRO, es creado como una sociedad de economía mixta del orden nacional, donde el aporte del Estado en su composición accionaria es inferior al 90%, por lo cual, su régimen no se asimila al de las empresas Industriales y Comerciales del Estado, por lo que su personal se regula por el derecho laboral privado.

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*20196000104971*

 

 Al contestar por favor cite estos datos:

 

Radicado No.: 20196000104971

 

Fecha: 15/04/2019 02:10:01 p.m.

 

Bogotá D.C.

 

REF: VARIOS. Régimen jurídico de los servidores del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario. RAD. 20199000080452 de fecha 2 de marzo de 2019.

 

Respetado/a señor/a:

 

En atención al oficio de la referencia, mediante el cual consulta sobre la calidad de servidor público del director de asistencia técnica de FINAGRO, me permito manifestarle lo siguiente.

 

La Ley 16 de 1990 “Por la cual se constituye el Sistema Nacional de Crédito Agropecuario, se crea el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, FINAGRO, y se dictan otras disposiciones”, expresa:

 

ARTICULO 7 Naturaleza jurídica de FINAGRO. Créase el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, FINAGRO, como una sociedad de economía mixta del orden nacional, organizada como establecimiento de crédito, vinculado al Ministerio de Agricultura, con patrimonio propio y autonomía administrativa. (…)

 

De conformidad con la naturaleza jurídica en los términos del artículo  3 de los estatutos internos y el Decreto 892 del 31 de Mayo de 1995 “Por el cual se aprueba una reforma de los estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, FINAGRO”, contempla:

 

ARTÍCULO 72º. Régimen de personal. Los empleados de FINAGRO son empleados particulares, excepto aquellos que tengan naturaleza distinta en virtud de la ley. Las relaciones laborales de los empleados particulares de FINAGRO se regirán por las disposiciones del derecho laboral privado. (Subrayado fuera del texto).

 

Teniendo en cuenta lo anterior, puede afirmarse que el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario FINAGRO, es creado como una sociedad de economía mixta del orden nacional, donde el aporte del Estado en su composición accionaria es inferior al 90%, por lo cual, su régimen no se asimila al de las empresas Industriales y Comerciales del Estado, por lo que su personal se regula por el derecho laboral privado.

 

Finalmente, me permito indicarle que para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web www.funcionpublica.gov.co/eva en el link “Gestor Normativo” donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.

 

El anterior concepto se imparte en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Cordialmente,

 

JOSÉ FERNANDO CEBALLOS ARROYAVE

 

Director Jurídico (E)

 

Proyectó: Jorge Rojas

 

Revisó: José Fernando Ceballos Arroyave

 

Aprobó: José Fernando Ceballos Arroyave

 

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