Decreto 1452 de 2015 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1452 de 2015

Fecha de Expedición: 02 de julio de 2015

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

ADMINISTRADORA DEL MONOPOLIO RENTISTICO DE LOS JUEGOS DE SUERTE Y AZAR. COLJUEGOS
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos).

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

Bibiana Beltrán Ballesteros Normal Bibiana Beltrán Ballesteros 3 14 2019-05-28T14:37:00Z 2019-05-28T14:38:00Z 1 450 2569 21 6 3013 16.00 Clean Clean false false false false EN-US X-NONE X-NONE /* Style Definitions */ table.MsoNormalTable {mso-style-name:"Tabla normal"; mso-tstyle-rowband-size:0; mso-tstyle-colband-size:0; mso-style-noshow:yes; mso-style-priority:99; mso-style-parent:""; mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt; mso-para-margin-top:0cm; mso-para-margin-right:0cm; mso-para-margin-bottom:8.0pt; mso-para-margin-left:0cm; line-height:107%; mso-pagination:widow-orphan; font-size:11.0pt; font-family:"Calibri",sans-serif; mso-ascii-font-family:Calibri; mso-ascii-theme-font:minor-latin; mso-hansi-font-family:Calibri; mso-hansi-theme-font:minor-latin; mso-bidi-font-family:"Times New Roman"; mso-bidi-theme-font:minor-bidi;}

DECRETO 1452 DE 2015

 

(Julio 02)

 

Por el cual se modifica la planta de personal de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos).

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 54 literal m) y 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Junta Directiva la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos), en su sesión del día 25 de noviembre de 2014, como consta en Acta 55, decidió someter a aprobación del Gobierno nacional la modificación de la planta de personal de la Entidad. 

 

Que la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos), para efectos de modificar la planta de personal, presentó el correspondiente estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en los artículos 2.2.12.1 y 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, obteniendo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo. 

 

Que para los fines de este Decreto la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó la viabilidad presupuestal. 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1° Suprímese de la planta de personal de empleados públicos de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos) el siguiente cargo: 

 

No. DE CARGOS 

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO 

CÓDIGO 

GRADO 

DESPACHO DEL PRESIDENTE 

1 (Uno) 

Asesor 

1020 

18 

 

ARTÍCULO 2°. Las funciones propias de las diferentes dependencias de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos), serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece: 

 

No. DE CARGOS 

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO 

CÓDIGO 

GRADO 

DESPACHO DEL PRESIDENTE 

1 (Uno) 

Presidente de entidad descentralizada 

0015 

1 (Uno) 

Jefe de Oficina 

0137 

20 

 

ARTÍCULO 3°. El número de trabajadores oficiales al servicio de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos), será hasta de ciento noventa y cuatro (194) trabajadores. 

 

ARTÍCULO 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 4143 de 2011, 0925 de 2012 y 1748 de 2013 y las demás disposiciones que le sean contrarias. 

 

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de julio de 2015.

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

LILIANA CABALLERO DURÁN.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 49561. 2 de julio de 2015.