Decreto 4066 de 2011 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 4066 de 2011

Fecha de Expedición: 31 de octubre de 2011

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN
- Subtema: Planta de Personal

Establece la planta de personal de la Unidad Nacional de Protección

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

Bibiana Beltrán Ballesteros Normal Bibiana Beltrán Ballesteros 3 4 2019-05-10T22:14:00Z 2019-05-10T22:15:00Z 1 708 4038 33 9 4737 16.00 Clean Clean false false false false EN-US X-NONE X-NONE /* Style Definitions */ table.MsoNormalTable {mso-style-name:"Tabla normal"; mso-tstyle-rowband-size:0; mso-tstyle-colband-size:0; mso-style-noshow:yes; mso-style-priority:99; mso-style-parent:""; mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt; mso-para-margin-top:0cm; mso-para-margin-right:0cm; mso-para-margin-bottom:8.0pt; mso-para-margin-left:0cm; line-height:107%; mso-pagination:widow-orphan; font-size:11.0pt; font-family:"Calibri",sans-serif; mso-ascii-font-family:Calibri; mso-ascii-theme-font:minor-latin; mso-hansi-font-family:Calibri; mso-hansi-theme-font:minor-latin; mso-bidi-font-family:"Times New Roman"; mso-bidi-theme-font:minor-bidi;}

DECRETO 4066 DE 2011

 

(Octubre 31)

 

Por el cual se establece la planta de personal de la Unidad Nacional de Protección, UNP, y se dictan otras disposiciones.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en desarrollo de las facultades otorgadas por la Ley 1444 de 2011 se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Unidad Nacional de Protección, UNP. 

 

Que en el decreto de creación de la Unidad Nacional de Protección, UNP, se dispuso que el Gobierno Nacional adoptará la planta de personal de la Unidad Nacional de Protección, UNP, de conformidad con la estructura prevista en el mismo. 

 

Que se presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de establecer su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable. 

 

Que para los fines de este Decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó concepto favorable. 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°.Las funciones propias de la Unidad Nacional de Protección, UNP, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece: 

 

N° Cargos

Denominación

Código

Grado 

DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL 

1 (uno)

Director General de Unidad – Administrativa Especial

0015

24

1 (uno)

Asesor

1020

12

1 (uno)

Asesor

1020

11

1 (uno)

Técnico Administrativo

3124

15

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

4210

24

PLANTA GLOBAL 

1 (uno)

Secretario General de Unidad Administrativa Especial

0037

23

3 (tres)

Subdirector de Unidad Administrativa Especial

0040

21

1 (uno)

Jefe Oficina

0137

20

2 (dos)

Jefe de Oficina Asesora

1045

14

1 (uno)

Profesional Especializado

2028

22

13 (trece)

Profesional Especializado

2028

18

1 (uno)

Profesional Especializado

2028

14

62 (sesenta y dos)

Profesional Universitario

2044

11

4 (cuatro)

Profesional de Protección

2045

10

2 (dos)

Profesional de Protección

2045

06

10 (diez)

Técnico Administrativo

3124

16

4 (cuatro)

Técnico Administrativo

3124

15

7 (siete)

Técnico Administrativo

3124

13

3 (tres)

Técnico Administrativo

3124

12

1 (uno)

Técnico Administrativo

3124

11

2 (dos)

Técnico Administrativo

3124

10

2 (dos)

Técnico Administrativo

3124

09

2 (dos)

Oficial de Protección

3137

18

2 (dos)

Oficial de Protección

3137

17

7 (siete)

Oficial de Protección

3137

16

22 (veintidós)

Oficial de Protección

3137

15

42 (cuarenta y dos)

Oficial de Protección

3137

14

70 (setenta)

Oficial de Protección

3137

13

104 (ciento cuatro)

Oficial de Protección

3137

11

49 (cuarenta y nueve)

Oficial de Protección

3137

10

19 (diecinueve)

Auxiliar Administrativo

4044

11

1 (uno)

Auxiliar Administrativo

4044

15

6 (seis)

Agente de Protección

4071

23

7 (siete)

Agente de Protección

4071

20

200 (doscientos)

Agente de Protección

4071

16

1 (uno)

Conductor Mecánico

4103

22

6 (seis)

Conductor Mecánico

4103

20

18 (dieciocho)

Conductor Mecánico

4103

18

44 (cuarenta y cuatro)

Conductor Mecánico

4103

16

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

4210

23

8 (ocho)

Secretario Ejecutivo

4210

18

4 (cuatro)

Secretario Ejecutivo

4210

16

2 (dos)

Secretario Ejecutivo

4210

15

 

ARTÍCULO 2°. El Director General de la Unidad Nacional de Protección, UNP, proveerá los empleos creados en el presente decreto, mediante la incorporación directa de los servidores del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, necesarios para atender las funciones de la Unidad Nacional de Protección y cuya incorporación se haya ordenado en esta entidad. Los demás empleos de la planta de personal se proveerán de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia. 

 

ARTÍCULO 3°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el presente decreto se efectuará a más tardar el 1° de enero de 2012. 

 

ARTÍCULO 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de octubre de 2011.

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL MINISTRO DEL INTERIOR,

 

GERMÁN VARGAS LLERAS.

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN.

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 48239. 31 de octubre de 2011.