Decreto 2872 de 2001 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2872 de 2001

Fecha de Expedición: 24 de diciembre de 2001

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

SISTEMA SALARIAL
- Subtema: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN

Por el cual se establece prima técnica para el cargo de Defensor del Contribuyente y Usuario Aduanero de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 2872 DE 2001

 

(Diciembre 24)

 Derogado por el Decreto 690 de 2002

 

Por el cual se establece prima técnica para el cargo de Defensor del Contribuyente y Usuario Aduanero de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. A partir de la fecha de expedición del presente decreto, el funcionario que desempeñe el cargo de Defensor del Contribuyente y Usuario Aduanero de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, tendrá derecho a percibir en los mismos términos y condiciones la prima técnica señalada en el Decreto 1624 de 1991. 

 

ARTÍCULO 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 24 días del mes de diciembre de 2001.

 

ANDRES PASTRANA ARANGO

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

JUAN MANUEL SANTOS.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

MAURICIO ZULUAGA RUIZ.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 44661. 29 de diciembre de 2001.