Concepto 48531 de 2019 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 48531 de 2019 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 19 de febrero de 2019

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Funciones

El artículo 313 de la Constitución Política establece las funciones de los Concejos, como lo es dictar las normas orgánicas de presupuesto.

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*20196000048531*

 

Al contestar por favor cite estos datos:

 

Radicado No.: 20196000048531

 

Fecha: 19-02-2019 10:32 am

 

Bogotá D.C.

 

Referencia: EMPLEO. Funciones. Manejo de caja menor por parte del presidente del concejo municipal. Radicado: 20192060004792 del 9 de enero de 2019

 

En atención a la comunicación de la referencia, me permito manifestarle lo siguiente:

 

La Constitución Política de Colombia señala en su artículo 313:

 

ARTÍCULO 313. Corresponde a los concejos:

 

(…)

 

5. Dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos.

 

Por su parte, el Decreto 1068 de 20151, en su título 5, establece los parámetros para la constitución de Cajas Menores, y el manejo de las mismas, de conformidad con lo indicado en el siguiente artículo:

 

ARTÍCULO 2.8.5.2. Constitución. Las cajas menores se constituirán, para cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el Jefe del respectivo órgano, en la cual se indique la cuantía, el responsable, la finalidad y la clase de gastos que se pueden realizar. Así mismo, se deberá indicar la unidad ejecutora y la cuantía de cada rubro presupuestal.

 

De conformidad con lo indicado le corresponderá al jefe de cada órgano, mediante resolución, determinar el responsable del manejo de la caja menor, la cuantía, la finalidad y la clase de gastos que se pueden realizar a través de la misma.

 

En consecuencia, en criterio de esta Dirección Jurídica resulta procedente que el presidente del concejo municipal como máxima autoridad determine el manejo de la caja de menor siendo procedente que sea una función conjunta con el tesorero o con quien haga las veces como pagador en consideración a las pólizas de manejo que dichos funcionarios poseen.

 

Para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web www.funcionpublica.gov.co/eva en el link «Gestor Normativo» donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.

 

El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Cordialmente,

 

JOSE FERNANDO CEBALLOS ARROYAVE

 

Asesor con funciones de la Dirección Jurídica

 

Angélica Guzmán Cañón/JFCA/GCJ

 

12602.8.4

 

NOTAS DE PIE DE PAGINA

 

1. «Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda»