Concepto 57941 de 2019 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 57941 de 2019 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 26 de febrero de 2019

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

CONCEJAL HIJO DE PERSONERA MUNICIPAL
- Subtema: Alcalde

Los servidores públicos no incluidos en la prohibición establecida en el artículo 127 de la Constitución Política están autorizados para participar en actividades de los partidos y movimientos políticos, y en controversias políticas, con sujeción a la Constitución (artículos 127 y 110 de la C.P.) y algunas leyes que establecen infracciones o prohibiciones en la materia (ley 734 de 2002 y la ley 996 de 2005); y siempre y cuando no se utilice el empleo como medio de presión sobre los ciudadanos para favorecer una determinada causa o campaña.

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*20196000057941*

 

Al contestar por favor cite estos datos:

 

Radicado No.: 20196000057941

 

Fecha: 26-02-2019 02:04 pm

 

Bogotá D.C.

 

REF: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Administrador de un aeropuerto que aspira al cargo de alcalde municipal RAD. 20199000017142 de fecha 18 de enero de 2019

 

En atención a su comunicación de la referencia, mediante la cual nos indica que un administrador de un aeropuerto en el cual existe empleados de la Aeronáutica Civil que no son sus empleados o están bajo su dependencia, la dependencia es únicamente de un personal de guardas de seguridad de una empresa contratista que presta la seguridad en el territorio nacional, se pregunta, si éste funcionario estaría inhabilitado para ser candidato a la alcaldía de un municipio, me permito manifestarle lo siguiente:

 

Dado que la consulta de la referencia no es clara, si el servidor público en mención es trabajador oficial, empleado público o si por el contrario la persona es contratista de prestación de servicios, se hace necesario que se clarifique la misma, con el fin de poder efectuar un pronunciamiento sobre el particular.

 

Finalmente, me permito indicarle que para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web www.funcionpublica.gov.co/eva en el link “Gestor Normativo” donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.

 

El anterior concepto se imparte en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Cordialmente,

 

 

JOSE FERNANDO CEBALLOS ARROYAVE

 

Asesor con Funciones de la Dirección Jurídica

 

 

 

Proyectó: Jorge Rojas

 

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