Decreto 1622 de 2018
Fecha de Expedición: 21 de agosto de 2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Subtema: Decreto Único Reglametario
Prorroga el plazo señalado en el Decreto 1466 de 20189 Por medio del cual cesan transitoriamente los efectos jurídicos de los artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 y del parágrafo del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública relacionados con la provisión de los empleos de libre nombramiento y remoción de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional
PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Empleo de Libre Nombramiento y Remoción.
Prorroga el plazo señalado en el Decreto 1466 de 20189 Por medio del cual cesan transitoriamente los efectos jurídicos de los artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 y del parágrafo del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública relacionados con la provisión de los empleos de libre nombramiento y remoción de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Concepto 067521 de 2021
- Concepto 344511 de 2020
- Concepto 004501 de 2020
- Concepto 32541 de 2019
- Concepto 93951 de 2015
PROVISIóN - ENCARGO
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 1622 DE 2018
(Agosto 21)
Por medio del cual se prorroga el plazo señalado en el Decreto 1466 de 2018 "Por medio del cual cesan transitoriamente los efectos jurídicos de los artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 y del parágrafo del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública".
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo de la Ley 909 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 1466 del 6 de agosto de 2018 se dispuso cesar, por un término de 15 días calendario, los efectos jurídicos de los artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 y del parágrafo del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015, "Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública" respecto de los empleos expresamente señalados en el artículo 2.2.5.1.1 del mencionado Decreto de nominación del Presidente de la República y los de libre nombramiento y remoción del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Que los 15 días vencen el 21 de agosto de 2018 y aun no se ha terminado de conformar el equipo directivo del Gobierno, razón por la cual se requiere prorrogar por 15 días calendario el plazo dispuesto en el Decreto 1466 de 2018.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Prorrogar, por 15 días calendario, el plazo señalado en el Decreto 1466 de 2018 "Por medio del cual cesan transitoriamente los efectos jurídicos de los artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 y del parágrafo del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública".
ARTÍCULO 2. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de agosto del año 2018
JORGE MARIO EASTMAN ROBLEDO
EL DIRECTOR D DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA,
FERNANDO AUGUSTO MEDINA GUTIERREZ
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, (E)
Nota: Publicado en el Diario Oficial No.** de 21 de agosto de 2018.