Decreto 432 de 2018 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 432 de 2018

Fecha de Expedición: 05 de marzo de 2018

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

PROCESOS ELECTORALES Y/O ELECCIONES
- Subtema: Conservación del Orden Publico

Dicta disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones a Congreso de la República.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 432 DE 2018

 

(Marzo 5)

 

Por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones a Congreso de la República

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 189 numeral 11 º de la Constitución Política y 2 del Decreto Ley 2241 de 1986, y 21 del Decreto 430 de 2018, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 21 del Decreto 430 de 2018, establece que el Gobierno Nacional designará delegados para realizar el seguimiento del proceso• electoral, observar el comportamiento de los servidores públicos en relación con el proceso electoral, los organismos de control y vigilancia y las autoridades nacionales, departamentales y municipales; informar a las autoridades nacionales sobre el desarrollo del proceso electoral y transmitir a las autoridades competentes sus observaciones y recomendaciones, con ocasión de las elecciones de Congreso de la República que se realizarán el 11 de marzo de 2018.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  1. Coordinación. Delegar al doctor Guillermo Rivera Flórez, Ministro del Interior, la coordinación con los delegados del Gobierno Nacional en cada una de las entidades territoriales que se designan en el artículo siguiente, para la promoción del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional.

 

ARTÍCULO  2. Delegadas y delegados. (Modificado por el Decreto 442 de 2018, art. 1) Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo 21 del Decreto 430 de 2018, designase a los siguientes delegados en el Distrito Capital de Bogotá y cada uno de los Departamentos que se citan a continuación:

 

DEPARTAMENTO

DELEGADO PRESIDENCIAL

 

BOGOTÁ, D.C.

DAVID LUNA SÁNCHEZ

Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

AMAZONAS

MARCELA ZULUAGA VÉLEZ

Viceministra de Promoción de la Justicia

Ministerio de Justicia y del derecho

 

ANTIOQUIA

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA

Ministro de Hacienda y Crédito Público

 

ARAUCA

 

ANÍBAL FERNÁNDEZ DE SOTO

Viceministro de Defensa para las Políticas y Asuntos Internacionales

Ministerio de Defensa Nacional

 

ATLÁNTICO

YANETH CRISTINA GIHA TOVAR

Ministra de Educación Nacional

 

BOLÍVAR

 

ALONSO MAYELO CARDONA DELGADO

Viceministro de Energía

Ministerio de Minas y Energía

 

BOYACÁ

 

LUIS ERNESTO GÓMEZ LONDOÑO

Viceministro para la Participación e Igualdad de Derechos

Ministerio del Interior

 

CALDAS

GERMÁN CARDONA GUTIÉRREZ

Ministro de Transporte

 

CAQUETÁ

 

CARLOS MEDINA RAMÍREZ

Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa

Ministerio de Justicia y del Derecho

 

CASANARE

GERMÁN ARCE ZAPATA

Ministro de Minas y Energía

 

CAUCA

MARIANA GARCÉS CÓRDOBA

Ministra de Cultura

 

CESAR

FREDYS MIGUEL SOCARRÁS REALES

Viceministro de Empleo y Pensiones

Ministerio del Trabajo

 

CÓRDOBA

 

MARÍA EUGENIA APARICIO SOTO

Viceministra de Relaciones Laborales e Inspección

Ministerio del Trabajo

 

CHOCÓ

LUIS GILBERTO MURILLO URRUTIA

Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible

 

CUNDINAMARCA

 

CAMILO SÁNCHEZ ORTEGA

Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio

 

GUAVIARE

 

LUIS FERNANDO CORREA SERNA

Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios

Ministerio de Salud y Protección Social

 

GUAINÍA

 

PAULA GAVIRIA BETANCUR

Consejera Presidencial para los Derechos Humanos

 

HUILA

CARLOS ANDRÉS CANTE PUENTES

Viceministro de Minas

Ministerio de Minas y Energía

 

LA GUAJIRA

 

ZULIA MENA GARCÍA

Viceministra de Cultura

Ministerio de Cultura

 

MAGDALENA

JUAN PABLO DIAZ GRANADOS PINEDO

Presidente Agencia de Desarrollo Rural

 

META

 

JUAN GUILLERMO ZULUAGA CARDONA

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural

 

NARIÑO

 

MILTON MAURICIO ROSERO INSUASTI

Viceministro de Vivienda

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

 

NORTE DE SANTANDER

 

HÉCTOR OLIMPO ESPINOSA OLIVER

Viceministro de Relaciones Políticas

Ministerio del Interior

 

PUTUMAYO

 

MARÍA FERNANDA RANGEL ESPARZA

Secretaria General

Ministerio del Interior

 

QUINDÍO

 

ANDRÉS CHAVES PINZÓN

Viceministro de Transporte

Ministerio de Transporte

 

RISARALDA

 

RAFAEL PARDO RUEDA

Alto Consejero Presidencial para el Posconflicto

 

SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA

 

SANDRA VICTORIA HOWARD TAYLOR

Viceministra de Turismo

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

 

SANTANDER

 

JUAN SEBASTIÁN ROZO RENGIFO

Viceministro de Conectividad y Digitalización

Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

 

SUCRE

 

MARIANA MARTÍNEZ CUÉLLAR

Viceministra para la Estrategia y la Planeación

Ministerio de Defensa Nacional

 

TOLIMA

 

MARIA LORENA GUTIÉRREZ BOTERO

Ministra de Industria y Comercio

 

VALLE DEL CAUCA

 

GRISELDA JANETH RESTREPO GALLEGO

Ministra del Trabajo

 

VAUPÉS

NATALIA RUIZ RODGERS

Viceministra de Educación Superior

Ministerio de Educación Nacional

 

VICHADA

 

JUANITA RODRÍGUEZ KATTAH

Viceministra de Economía Digital

Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

 

 

ARTÍCULO  3. Informes y viáticos. Los delegados designados deberán rendir informe de las gestiones realizadas, así mismo, los gastos que ocasione el desplazamiento de los anteriores funcionarios se harán con cargo al presupuesto de sus respectivas entidades.

 

ARTÍCULO  4. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá D.C., a los 5 días del mes de marzo de 2018

 

GUILLERMO RIVERA FLÓREZ

 

EL MINISTRO DEL INTERIOR.