Decreto 2156 de 2017 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2156 de 2017

Fecha de Expedición: 20 de diciembre de 2017

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Subtema: Planta de Personal

Prorroga parcialmente la planta de empleos temporales del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 2156 DE 2017

 

(Diciembre 20)

 

Por el cual se prorroga parcialmente la planta de empleos temporales del Departamento Administrativo de la Función Pública.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLlCA DE COLOMBIA,

 

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 189 numeral 14 de la Constitución Política y el artículo 21 de la Ley 909 de 2004,y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto 2779 del 2012, se creó la planta temporal para la Función Pública en el marco de los proyectos de inversión “Mejoramiento, fortalecimiento de la capacidad institucional para el desarrollo de las políticas públicas. Nacional” y “Mejoramiento de la gestión de políticas públicas a través de las tecnologías de la información (TIC)”.

 

Que mediante los Decretos 1317 de 2013, 2653 de 2014, 2416 de 2015 y 2120 de 2016 se prorrogó la planta temporal para las vigencias fiscales de los años 2014, 2015, 2016 y 2017 respectivamente.

 

Que para 2018 se reformuló el proyecto de inversión “Mejoramiento, fortalecimiento de la capacidad institucional para el desarrollo de las políticas públicas. Nacional”, por el proyecto de inversión “Implementación y fortalecimiento de las políticas lideradas por Función Pública a Nivel Nacional”.

 

Que para el desarrollo de los proyectos se requiere prorrogar parcialmente la planta de personal adoptada mediante los decretos previamente citados.

 

Que la financiación de los empleos temporales que se prorrogan en la planta de personal para la vigencia 2018 se realizará con recursos de los Proyectos de Inversión “Implementación y fortalecimiento de las políticas lideradas por Función Pública a Nivel Nacional”, y “Mejoramiento de la Gestión' de las Políticas Públicas a través de las Tecnologías de la Información TICS”, los cuales se encuentran inscritos en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional BPIN del Departamento Nacional de Planeación. :

 

Que el Departamento Nacional de Planeación mediante oficio 20174320005676 del 06 de diciembre de 2017, emitió concepto favorable para la prórroga parcial de los empleos temporales en el marco de los proyectos de inversión indicados anteriormente.

 

Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó la viabilidad Presupuestal.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Suprimir a partir del 1 de .enero de 2018, los siguientes empleos de la planta temporal de la Función Pública:

 

No. DE CARGOS'

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

20

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

19

2 (Dos)

Profesional Especializado

2028

17

3 (Tres)

Profesional Especializado

2028

15

4 (Cuatro)

Profesional Especializado

2028

14

11 (Once)

Profesional Especializado

2028

12

1 (Uno)

Profesional Universitario

2044

10

4 (Cuatro)

Técnico Administrativo

3124

15

 

ARTÍCULO 2°. Prorrogar a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2018 los siguientes empleos de planta temporal de la Función Pública:

 

No. DE CARGOS'

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

22

3 (Tres)

Profesional Especializado

2028

21

2 (Dos)

Profesional Especializado

2028

20

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

19

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

18

4 (Cuatro)

Profesional Especializado

2028

17

4 (Cuatro)

Profesional Especializado

2028

14

10 (Diez)

Profesional Especializado

2028

12

1 (Uno)

Profesional Universitario

2044

10

3 (Tres)

Técnico Administrativo

3124

15

 

ARTÍCULO 3°. Los empleos temporales prorrogados en el presente decreto deberán cumplir las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015.

 

El Director de la Función Pública distribuirá los empleos de acuerdo a las necesidades del servicio.

 

ARTÍCULO 4°. A los servidores públicos cuyo empleo no se prorroga se les deberá comunicar la supresión de su empleo.

 

ARTÍCULO 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de diciembre del año 2017.

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA

 

LILIANA CABALLERO DURÁN

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial No.50.453 de 20 de diciembre de 2017