Decreto 2385 de 1944
Fecha de Expedición: 05 de octubre de 1944
Fecha de Entrada en Vigencia: 05 de octubre de 1944
Medio de Publicación:
SERVIDORES PUBLICOS
- Subtema: Incompatibilidades, Inhabilidades e Impedimentos
Prohibe realizar la diligencia de posesión a quien desempeñe otro cargo oficial del cual se haya separado por licencia y si llegare a realizarse el empleado será destituido con anotación de mala conducta.
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DECRETO 2385 DE 1944
(Octubre 5)
“Por el cual se dicta una disposición de carácter administrativo.”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En uso de las facultades que le otorga la ley 7a. de 1943, y
CONSIDERANDO:
Que frecuentemente se presenta el caso de empleados que piden licencia para ocupar otros cargos de mejor categoría o sueldo;
Que tal procedimiento va en detrimento del buen funcionamiento de las oficinas públicas, y
Que el revisor presidencial recomienda medidas que a continuación se toman,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- A partir de la fecha del presente decreto no se extenderá diligencia de posesión a persona nombrada para un puesto, cuando desempeñe otro cargo oficial, en propiedad, del cual se haya separado en virtud de licencia.
Si con todo, por inadvertencia del empleado que extiende la diligencia de posesión, esta se cumpliere, el empleado será destituido del cargo en el cual haya obtenido la licencia, con nota de mala conducta.
Dado en Bogotá a los 5 días del mes de octubre de 1944.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial ** de *** ** de 1944.